La normativa comenzará a implementarse este domingo 7 de julio, y establece que los importadores y fabricantes deben rotular los productos con la cantidad de calorías que estos tienen. Junto a esto, deben incorporar la advertencia sanitaria respecto al consumo de alcohol, entre otras cosas.
Por Fast Check CL
La nueva ley de etiquetados para bebidas alcohólicas, comienza a regir desde el próximo domingo 7 de julio. La norma expande la exigencia para los productos que contengan 0,5 o más grados de alcohol.
Si bien el Ministerio de Salud (Minsal) es el principal actor fiscalizador de que se cumpla esta medida, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), también tendrá un rol preponderante.
La ley de etiquetados establece, entre otras cosas, que los fabricantes e importadores deberán rotular las calorías de cada bebida alcohólica, junto con indicar advertencias sanitarias respecto al consumo de alcohol y su relación con el embarazo, la conducción y el consumo en menores de 18 años.
“Esta norma no sólo tiene el propósito de informar a las personas consumidoras sobre los riesgos asociados al consumo de alcohol, sino que también fomentar las prácticas de consumo más responsables”, detalló el servicio mediante un comunicado.
Por otra parte, se explicó que el Minsal —a través de las Seremi de Salud de cada región—fiscalizará las nuevas materias de rotulación y publicidad de bebidas alcohólicas. Asimismo, el Sernac realizará un seguimiento a la implementación de la norma de acuerdo a sus facultades.
En cuanto a la forma en que se efectuarán los controles, el servicio explicó que “realizará acciones de fiscalización a las empresas que comercializan bebidas alcohólicas, ya sea de forma presencial o digital, en los diferentes sitios de comercio electrónico”.
Finalmente, el Sernac también explicó que la nueva ley de etiquetados para bebidas alcohólicas se considera para todos los de esta categoría, que sean fabricados a partir de esta fecha (7 de Julio 2024) deberán cumplir con esta obligación.