¿Qué es el Acuerdo de Escazú?

A ocho días de una posible entrada en vigencia del Acuerdo de Escazú, el Ministro de Relaciones Exteriores, Andrés Allamand, afirmó que este “no es conveniente para Chile”. En el presente artículo presentamos de qué se trata este acuerdo y cuál es su relación con nuestro país.
Comparte:

A ocho días de una posible entrada en vigencia del Acuerdo de Escazú, el canciller Andrés Allamand, afirmó que en opinión del gobierno “no es conveniente para Chile”. En el presente artículo presentamos de qué se trata este acuerdo y cuál es su relación con nuestro país.


Por Emilio Carrera Paiva

Escazú, también conocida como la ciudad de las brujas, está ubicada en el corazón Costa Rica.

El día 4 de marzo del 2018 se adoptó en ella, el “Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe”. Más conocido como el Acuerdo de Escazú, en razón de la ciudad donde fue firmado.

El Acuerdo de Escazú tiene como objetivo garantizar los derechos de acceso a la información ambiental, la participación pública en las tomas de decisiones ambientales y el acceso a la justicia en esta misma materia. Este pacto es fruto de una fase preparatoria de dos años y nueve reuniones, lideradas por Chile y Costa Rica, en su calidad de Copresidentes.

Se origina en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada el 2012 en la ciudad de Río de Janeiro en Brasil, conocida como Río+20. El Acuerdo está fundamentado en el décimo principio de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992, que inicia señalando que:

“El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda”.

Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, de 1992.

Acuerdo “inconveniente para Chile”

En los últimos días el Acuerdo de Escazú ha sido tema en la prensa nacional, debido a que el pasado 8 de septiembre, el canciller chileno, Andrés Allamand se presentó ante la comisión de RR.EE. del Senado y afirmó que “el acuerdo, en opinión del gobierno y como está planteado, es inconveniente para Chile. Esa es la razón por la que hasta ahora no se ha suscrito”.

Reseña Biográfica Andrés Allamand Zavala - Reseñas biográficas - Historia  Política - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile
Canciller Andrés Allamand.
Imagen de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile.

El canciller menciona algunos puntos en los que han focalizado su análisis. Uno de ellos es que “el Acuerdo no admite reservas, pero sí admite declaraciones interpretativas. Estas últimas, las realiza cada Estado firmante y, “para tener pleno vigor, deben ser hechas parte por el tratado y transformarse en una interpretación auténtica”. Por lo mismo, Allamand asegura que están estudiando las formulaciones de México y Perú en esta materia.

Otros cuatro puntos en análisis, según el ministro, son: los cambios en la legislación ambiental chilena que pudieran existir, el alcance interpretativo de algunos principios, la naturaleza de las obligaciones y compromisos a los que nuestro país se vería sometido, y la posibilidad de que, en virtud del tratado, Chile pudiera ser llevado a tribunales internacionales.

Cabe señalar que el próximo 26 de septiembre se cumple el primer plazo que tienen los países para la firma del tratado, sin embargo, podrán suscribir igualmente posterior a dicha fecha.

¿Qué países participan de este Acuerdo?

Este pacto que nace en Río+20 involucra a 33 países de América Latina y el Caribe que fueron invitados a firmar un acuerdo inédito en la región. En este sentido, Constance Nalegach, abogada negociadora de Chile para el Acuerdo de Escazú, señaló en entrevista con la Fundación Base Pública que:

“Desde la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) nos preguntaron sobre nuestras suscripciones a acuerdos multilaterales medioambientales. Desde el ministerio (del Medio Ambiente) vimos la oportunidad de ofrecer un instrumento propio de la región y transformar a Chile en un actor relevante en temas ambientales”.

Constance Nalegach, abogada negociadora de Chile para el Auerdo de Escazú. BasePública.org
Constance Nalegach Romero – Class 1989 – Alumni SC
Constance Nalegach.
Imagen de Alumni SC.

Además, la abogada señala que se decidió contar con un inédito instrumento regional y no replicar uno europeo, ya que “los desafíos que tiene Latinoamérica y el Caribe son muy distintos a los de los países del viejo continente”.

¿Qué países han firmado?

De los 33 países invitados a firmar el documento, 22 ya lo hicieron y nueve de estos además ratificaron su decisión. Los Estados que realizaron ambos trámites son: Antigua y Barbuda, Bolivia, Ecuador, Guyana, Nicaragua, Panamá, San Vicente y las Granadinas, Saint Kitts y Nevis, y Uruguay.

Por otra parte, Surinam, Trinidad y Tobago, Venezuela, y Chile son los únicos países sudamericanos que no han firmado el Acuerdo, junto con otros siete Estados del Caribe.

Gráfica de ONG FIMA.

Según indica el mismo documento, se necesita la ratificación de once países que hayan firmado para la entrada en vigencia del Acuerdo.

Información, participación y justicia

El Acuerdo de Escazú expone en su Artículo 1 cuál es su objetivo, el que engloba de cierta manera el contenido del documento, además de otras indicaciones. En específico, señala que:

“El objetivo del presente Acuerdo es garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible”.

Artículo 1, Acuerdo de Escazú

Indicaciones del Acuerdo de Escazú

El documento contiene 26 artículos sobre distintas materias relacionadas, prácticamente, con asuntos ambientales y la ejecución del acuerdo.

Se señalan indicaciones sobre el acceso público a la información, además de una activa transparencia por parte del Estado. También compromete la implementación de métodos para la participación ciudadana en la toma de decisiones, en sus distintas etapas.

Además de asegurar el ejercicio del derecho a instancias judiciales y administrativas, por temas relacionados a una “decisión, acción u omisión que afecte o pueda afectar de manera adversa al medio ambiente”. También cuando se vean afectadas las indicaciones anteriormente mencionadas, acerca de la información y la participación ciudadana.

Asamblea General de la ONU, primeros países firmantes del Acuerdo.
Imagen de Emol

Por otra parte, el Acuerdo de Escazú también indica que los Estados deberán reconocer, proteger y promover todos los derechos de los defensores de los DD.HH. en asuntos ambientales y garantizar un entorno seguro. Cada país se compromete a crear y fortalecer sus capacidades, para implementar todo lo señalado en el documento.

Se indica también que los Estados cooperarán para su fortalecimiento, con especial atención a los países menos adelantados, los que están en desarrollo sin litoral y las pequeñas naciones insulares. Además de un activo intercambio de información y un Fondo de Contribuciones Voluntarias, para apoyar el financiamiento del Acuerdo.

De la misma forma, establece una Conferencia de las Partes que examinará y fomentará la aplicación y efectividad del presente documento. El mismo, también indica un método de solución de controversias entre dos Estados, respecto del Acuerdo, si no encontraran solución. Éste incluye dos vías: dirigirse a la Corte Internacional de Justicia o el arbitraje de conformidad con los procedimientos que la Conferencia de las Partes establezca.

Catorce países firman en la sede de la ONU tratado de nueva generación  sobre acceso a la información, la participación pública y la justicia en  asuntos ambientales | Comunicado de prensa |
Firma del Acuerdo, Asamblea General de la ONU 2018.
Imagen de CEPAL.

Finalmente indica que las firmas al Acuerdo podrán realizarse hasta el día 26 de septiembre del 2020, en la Sede de las Naciones Unidas, en Nueva York. Sin embargo, los países de América Latina y el Caribe, podrán suscribir este documento a partir de un día después de la fecha mencionada anteriormente.

El acuerdo que lideró Chile

La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible en el 2012 (Río+20), marcó el inicio de las negociaciones para el Acuerdo de Escazú. Costa Rica y Chile lideraron el proceso amparados por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).

Durante el primer periodo de Sebastián Piñera y también durante el segundo de Michelle Bachelet, Chile tuvo una participación protagónica para el acuerdo.

Según comentó Marcelo Mena, ex ministro de Medio Ambiente en La Tercera, fue en nuestro país donde más se forjó el texto y hubo mayor frecuencia de reuniones. Sin embargo, la última y donde finalmente se acordó el texto definitivo, fue en Escazú.

Pablo Badenier renuncia y Marcelo Mena asume como nuevo ministro del Medio  Ambiente - Induambiente
Marcelo Mena. Imagen de Induambiente.

Tras ser acordado el 4 de marzo de 2018 se dio un plazo de dos años para firmar el documento en la sede de la ONU, pudiendo realizarse este trámite igualmente de forma posterior.

La mayoría de los países que ya lo suscribieron. Han sido 14 de 22 países los que firmaron durante la 73ª sesión de la Asamblea General de la ONU, específicamente el día 27 de septiembre del 2018. Mientras que, de los estados firmantes, nueve lo han ratificado, necesitándose 11 para su entrada en vigencia.

La situación de Chile no debería cambiar en los próximos días, si se considera lo informado anteriormente. Es decir, cuando el pasado 8 de septiembre, el canciller Andrés Allamand afirmó frente a la comisión de RR.EE. del Senado, que la posición del Ejecutivo no ha cambiado y que “el Acuerdo, en opinión del gobierno y como está planteado, es inconveniente para Chile”.

Todos los contenidos publicados por Fast Check CL son de propiedad de Tlön Comunicaciones SpA y no pueden ser reproducidos sin expresa autorización.

Comparte:

Te puede interesar:

Secretario General de la OTAN: “Si Trump entrega Ucrania a Putin, entonces Estados Unidos será expulsado de la Alianza”: #Falso

Se comparte en redes sociales distintas publicaciones asegurando que Mark Rutte, Secretario General de la OTAN, amenazó a Donald Trump con expulsarlo de la organización si este decide entregar Ucrania a Putin. Esto es #Falso, no existe registro de que Rutte haya realizado amenazas o advertencias a Trump desde que fue electo nuevamente como presidente de Estados Unidos.

Acaban de confirmar que los extraterrestres viven en el océano: #Falso

Se comparten en Tiktok videos asegurando que se confirmó la presencia de extraterrestres en el océano durante una exposición de expertos frente al Congreso de Estados Unidos. Esto es #Falso, tras revisar la sesión en el Congreso y documentos del Departamento de Defensa de Estados Unidos no fue posible encontrar información que confirmara la presencia de extraterrestres en el mar.

Secretario General de la OTAN: “Si Trump entrega Ucrania a Putin, entonces Estados Unidos será expulsado de la Alianza”: #Falso

Se comparte en redes sociales distintas publicaciones asegurando que Mark Rutte, Secretario General de la OTAN, amenazó a Donald Trump con expulsarlo de la organización si este decide entregar Ucrania a Putin. Esto es #Falso, no existe registro de que Rutte haya realizado amenazas o advertencias a Trump desde que fue electo nuevamente como presidente de Estados Unidos.