El pasado 11 de abril, y tras ocho años de tramitación, se promulgó la nueva Ley de Migración y Extranjería, la cual fue publicada en el Diario Oficial el 20 de abril y que reemplazará a la Ley que regía desde 1975. La nueva Ley de Migración y Extranjería destaca principalmente por la creación del Servicio Nacional de Migraciones y sus Direcciones Regionales, la petición de visa consular previa a la llegada a Chile y la facilitación de expulsión administrativa de migrantes que ingresen ilegalmente. Fast Check CL realizó este explicativo para conocer los principales cambios que trae la ley para las y los migrantes.
Si tienes poco tiempo:
- La nueva Ley de Migración y Extranjería fue promulgada el pasado 11 de abril por el Presidente Sebastián Piñera y posteriormente, el 20 de abril, fue publicada en el Diario Oficial.
- La Ley de Migración que rige en Chile es de 1975 y el Reglamento de Migración de 1984. La nueva Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería destaca principalmente por:
- La creación del Servicio Nacional de Migraciones y sus Direcciones Regionales que reemplazara al Departamento de Extranjería.
- Otro cambio es que ya los migrantes que ingresen a Chile como turistas no podrán cambiar su calidad dentro del país. Es decir, que estando en Chile no podrán pasar de turista a residentes.
- La nueva Ley expresa la petición de una visa consular en el país de origen, previo a su llegada a Chile, en donde se declare la intencionalidad de ingreso. Permitiéndoles así estar en una situación regular, con visa y RUT.
- Además está la facilitación de expulsión administrativa de migrantes que ingresen por pasos no habilitados. Así como también se está llevando a cabo un programa extraordinario de regularización de migrantes, para quienes ingresaron a Chile hasta el 18 de marzo de 2020.
- Cabe destacar que esta nueva Ley de Migración y Extranjería no entrará en vigencia hasta que el Ministerio de Interior y Seguridad Pública publiquen un nuevo Reglamento de Migración
Por Camila Toloza
Luego de estar ocho años en tramitación en el Congreso, la nueva Ley de Migración y Extranjería reemplazará el decreto de ley nº 1.094 que Establece Normas sobre Extranjeros en Chile, y que regía desde 1975. El pasado 11 de abril, desde Iquique, en la Región de Tarapacá, el Presidente, Sebastian Piñera, junto con el ministro del Interior, Rodrigo Delgado y el subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, firmaron y promulgaron la nueva Ley de Migración y Extranjería.
La Ley fue publicada el 20 de abril en el Diario Oficial, sin embargo, entrará en vigencia una vez que se publique el nuevo Reglamento de Migraciones, para lo cual el Ministerio del Interior y Seguridad Pública cuenta con hasta un año para dictar el reglamento, desde que fue publicado.
La nueva Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería destaca principalmente por: la creación del Servicio Nacional de Migraciones y sus Direcciones Regionales; petición de visa consular previa y la facilitación de expulsión administrativa de migrantes que ingresan ilegalmente, así como también se llevará a cabo un programa extraordinario de regularización de migrantes.
Fast Check CL, indagó en este tema para dar a conocer las principales características de la nueva ley que influirá a los nuevos migrantes que ingresen a Chile. Hasta 2019, el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) estimó que residen, a nivel nacional, 1.492.522 personas extranjeras.
Nueva Ley de Migración y Extranjería
En la actividad de promulgación de la Ley, realizada en Iquique, el Presidente señaló que «el principal objetivo de esta nueva Ley de migraciones es poner orden en nuestra casa, a través de una política de migraciones ordenada, segura y regular que permita la migración legal y combata la inmigración ilegal» a lo cual agregó que no quiere que ingrese a Chile el crimen organizado, el narcotrafico, el contrabando, el trafico y trata de personas o aquellos que no respetan las leyes.
Nos contactamos con el encargado de prensa del Ministerio del Interior, y entregó información sobre los principales cambios que considera la ley:
«Primero pasar de una Ley de Extranjería a una Ley de Migraciones, donde el Estado promoverá los derechos de los extranjeros, así como también sus deberes y obligaciones. Segundo es que permite sincerar las razones por la cual los extranjeros se vienen al país, de manera que quienes vengan con intenciones de vivir en Chile, pidan visa en los consulados y tengan cédula de identidad desde el primer día. A su vez, existe un catálogo flexible de visas, que permite un adecuado control y regularidad de la migración, y planificar con los gobiernos locales y regionales su integración y desarrollo laboral».
Prensa Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Fast Check CL, también se contactó con Chile Atiende, entidad parte del Instituto de Previsión Social (IPS), quienes se encargaran netamente de informar y orientar a migrantes sobre esta nueva Ley. Desde la institución señalaron cuatro ejes centrales:
- Igualar las condiciones de los Migrantes con los Chilenos respecto de los derechos y deberes por residir en el país.
- Creación del Servicio Nacional de Migraciones el cual reemplazará al Departamento de Extranjería y Migración, y posibilitará la creación de Direcciones Regionales.
- Exigir indicar, previo al ingreso al país, la motivación para venir a Chile, permitiendo otorgar cédula de identidad desde el primer día.
- Nuevo proceso de Regularización.
¿Qué se está llevando a cabo hoy?
Sobre este último punto, desde Chile Atiende mencionaron que la nueva ley inició con la generación de un programa extraordinario de Regularización de Migrantes 2021 «el cual comenzará al día hábil siguiente de publicada en el Diario Oficial, por un plazo de 180 días».
Por lo que el 20 de abril comenzó el proceso que durante 180 días estará disponible para que migrantes que hayan ingresado a Chile, por pasos habilitados, hasta antes del 18 de marzo de 2020, que se encuentren en calidad de irregular y sin antecedentes penales, puedan regularizar su situación. Cumpliendo con lo anterior, las personas pueden postular al proceso mediante el cual, en primera instancia, se le entregará un permiso de trabajo a los mayores de 18 años, esto mientras la visa temporal solicitada, se encuentre en tramitación.
Cabe destacar que esta regularización se realizará totalmente online y solo a través de la página de extranjería, además deberán pagar 90 dólares por el trámite, es decir, $63.140 pesos chilenos. Para niños, niñas y adolescentes la regularización no tiene costo.
Así como también quienes hayan ingresado al país, antes del 18 de marzo de 2020, por pasos no habilitados tendrán 180 días para abandonar el territorio nacional sin que se aplique una sanción o prohibición de ingreso y podrán tramitar su reingreso sólo desde el consulado de Chile en el extranjero.
Expulsión administrativa de migrantes
La Ley expresa que «la expulsión es la medida impuesta por la autoridad competente consistente en decretar la salida forzada del país del extranjero que incurriere en alguna de las causales previstas en la ley para su procedencia». Desde el Ministerio del Interior mencionaron a Fast Check CL que con la nueva ley «se facilitan las expulsiones administrativas, al no ser necesario realizar denuncias penales por el ingreso, de manera que se desincentiva el uso de pasos no habilitados».
Cabe destacar que las expulsiones a migrantes tanto judiciales como administrativas no iniciaron con esta nueva Ley. De acuerdo a cifras recientes publicadas por la Policía de Investigaciones (PDI) «de enero a diciembre de 2020 se concretaron 1.470 -expulsiones-, de las cuales 1.268 fueron judiciales y 202 administrativas. En 2019 la cifra total fue de 2.232, con 1.656 judiciales y 576 administrativas».
Sobre este tema Fast Check CL conversó con Miguel Yaksic, profesor adjunto de la Escuela de Gobierno de la Pontificia Universidad Católica (PUC), quien comentó que «las expulsiones masivas están prohibidas por el derecho internacional, que Chile ha ratificado… Entre las personas expulsadas administrativamente, por haber entrado a Chile por pasos no habilitados, pueden haber víctimas de tráfico, personas que requieran protección internacional o refugiados, si se expulsa a todas esas personas juntas sin atender a la individualidad de cada caso se pueden vulnerar derechos fundamentales».
A lo anterior agregó que las expulsiones masivas quiere decir que no ha habido un análisis individual de cada caso y no se ha garantizado el acceso a la justicia.
¿Podrá un turista cambiar su situación a residente?
Con la Ley de Extranjería, Decreto de Ley 1094 de 1975 y el Reglamento de Extranjería, Decreto 597, en sus artículos 49 y 102, respectivamente, se permite el cambio de calidad dentro de Chile. Es decir que la Ley permitía que quienes ingresaron como turistas podían solicitar cambiar su calidad dentro del país, pasando a residentes o residentes oficiales. Sin embargo, con la nueva Ley no será posible cambiar la calidad del migrante dentro de Chile.
Desde Immi Chile, organización de abogados de inmigración en Chile, comentaron esta situación a través de un video, señalando que «con la nueva ley de migraciones la regla general es que los extranjeros que se encuentren en Chile en calidad de turistas no podrán cambiar su calidad migratoria y los únicos que contarán con la opción de cambiar la calidad estando en Chile, serán aquellos que acrediten tener vínculos de familia con chilenos o con residentes definitivos».
Asimismo, se le otorgará este beneficio, según la ley, a aquellos que su estadía sea concordante con los objetivos de la Política Nacional de Migración y Extranjería y en casos debidamente calificados por la Subsecretaría del Interior, previo a informe del Servicio Nacional de Migraciones. En otros casos no se podrá pasar de turista a residente dentro del país.
Sobre la visa consular
Otra medida que destacan desde el Gobierno y que se relaciona con lo mencionado anteriormente es que para solicitar una visa de residencia temporal, las personas deberán solicitarla en el consulado de Chile en el extranjero. Sobre este tema, Yaksic señaló que este es «el cambio más importante que introduce la nueva Ley, que una persona que quiera obtener una visa para residir o trabajar en Chile, debe hacerlo desde fuera del país… Eso es positivo, es una buena idea en la medida en que las personas vienen a Chile con una visa de oportunidades, ya con su RUT y en situación regular».
Además, el profesor de la PUC comentó que a la Ley le falta establecer mecanismos ordinarios permanentes de regularización migratoria, para personas que ya se encuentran en Chile, lo cual según comentó, debería establecerse por razones humanitarias, ya sea por arraigo laboral, social o familiar.
En esa misma línea Lorenzo Agar, doctor en sociología, profesor e investigador de la Universidad de Chile, comentó a Fast Check CL «estoy de acuerdo con esa medida y es totalmente acorde con la nueva forma de entender la migración, la cual debe ser segura, regular y controlada. En ese sentido la única manera es mediante la declaración de intención en el país de origen».
nueva institucionalidad
El Servicio Nacional de Migraciones y las Direcciones Regionales, será la nueva institución que reemplazará lo que se conoce como Departamento de Extranjería y Migración. La cual es dependiente del Ministerio del Interior que funcionaba bajo la Ley vigente desde 1975.
A este nuevo Servicio le corresponde principalmente analizar las solicitudes de residencia temporal, permanente, refugio y nacionalización, promover acciones de acogida que incentiven la integración de los inmigrantes y promover la modernización institucional, legislativa y de gestión migratoria en Chile.
A través de un video, Álvaro Bellolio, jefe del Departamento de Extranjería y Migración explicó que «la antigua Ley hacía que el Departamento de Extranjería solo se preocupara de los extranjeros en la gobernación de Santiago. Cada gobernación, cada región tenía su propio sistema». Agregando que, a través de esta nueva institución se centralizará el análisis y se descentralizará la preocupación e inclusión, dando paso a entender la realidad de los migrantes en todo el país.
Lorenzo Agar expresó que la creación de esta institución «es un tema que se viene discutiendo hace mucho tiempo y en eso hay un consenso, de que es necesario una institución mucho más robusta. Esto favorece porque con el gran flujo migratorio de los últimos años el Departamento de Extranjería se ha visto sobrepasado, por la cantidad de gente y trámites».
Destacó además que hoy en Chile hay aproximadamente 1.5 millones de migrantes, siendo casi el 8% de la población nacional, por lo que «no hay que tomar esto a la ligera, hay que hacer un control y ordenamiento para proteger a la migración, que este es un fenómeno que entrega riqueza y aporte al país y si no se hace bien puede generar muchos conflictos entre chilenos y extranjeros».
La nueva Ley de Migración y Extranjería, entrará en vigencia una vez publicado el Reglamento de Migración de parte del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Mientras eso no se concrete siguen rigiendo la Ley de Extranjería de 1975 y el Reglamento de Extranjería de 1984.
Además de las principales medidas abordadas en este explicativo, destaca que el artículo 9 de la nueva Ley de migración consagra la no criminalización, señalando que la migración irregular no es constitutiva de delito. Cambiando así el Reglamento de 1984, que en su artículo 146, expresa que «los extranjeros que ingresaren al país o intenten egresar de él, clandestinamente, serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado máximo».