Corte Suprema anula expulsión de estudiantes del Saint George’s que crearon imágenes de compañeras desnudas con IA

En fallo dividido, la Corte Suprema revirtió la decisión de expulsar a cuatro estudiantes acusados de difundir imágenes, realizadas con inteligencia artificial, de sus compañeras desnudas. El recurso fue presentado ante la Corte de Apelaciones por parte de apoderados de las afectadas, luego de que el colegio solo impusiera la sanción de condicionalidad.

En mayo de 2024 se dio a conocer que un grupo de estudiantes del Colegio Saint George’s había creado y difundido imágenes hechas con Inteligencia Artificial (IA) de sus compañeras desnudas.

A pesar de que en un inicio el Saint George’s consideró expulsar a los presuntos responsables, se optó por imponer una sanción de condicionalidad de la matrícula debido a la “irreprochable conducta anterior” de los involucrados.

En respuesta, un grupo de apoderados y padres de las estudiantes afectadas presentaron un recurso de protección a la Corte de Apelaciones de Santiago. El recurso fue acogido, ordenando la expulsión de cuatro alumnos.

Aunque el colegio consideró apelar al fallo, decidieron no hacerlo. Debido a esto, los padres de los estudiantes responsables de las imágenes recurrieron a la Corte Suprema para anular el fallo.

Colegio Saint George’s

Caso IA en el Saint George’s: Suprema reconoce la autonomía de los colegios

El 19 de febrero, la Tercera Sala de la Corte Suprema revocó la decisión de la Corte de Apelaciones para expulsar a los estudiantes, respaldando la decisión del Colegio Saint George’s para sancionar a los alumnos con la condicionalidad.

En decisión divida, el fallo del máximo tribunal descartó ilegalidad o arbitrariedad en la decisión del colegio, argumentando que el establecimiento de educación privada tiene libertad para elegir una sanción adecuada según su reglamento interno.

La sentencia concluye que: “En tales condiciones no se aprecia -en la actuación que se reprocha- transgresión a la legalidad, en tanto la decisión se incluye dentro de la autonomía que se reconoce a los colegios privados, en ejercicio de su libertad para llevar a cabo su proyecto educativo, que toda la comunidad escolar reconoce y acepta al elegir el colegio recurrido, considerando además que se aplicaron medidas reparatorias, pedagógicas, formativas y psicosociales, que completan el carácter corrector y formador de las sanciones disciplinarias impuestas”.

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