Un tira y afloja es el que, desde el 02 de agosto, protagonizan personeros del Gobierno y la empresa de electricidad, Enel, debido a los prolongados cortes de suministro eléctrico en gran parte de la Región Metropolitana, que llegó a tener a más de medio millón de santiaguinos sin luz y a la fecha de publicación mantiene a miles de familias a oscuras. Aunque la reposición del servicio ha sido paulatino, el propio Gobierno anunció el proceso de caducidad de la concesión con la firma. ¿Qué tiene que pasar para que esto se concrete? ¿Cuándo se le corta la luz a Enel? ¿Es viable? Todo esto en el explicativo.
Por Álvaro Marchant y Elías Miranda
En los primeros días de agosto, fueron cientos los videos viralizados en Tik Tok e Instagram que exhibían árboles arrancados de raíz, redes eléctricas en el suelo y anegamiento por el sistema frontal. Según la Dirección Metereológica de Chile (DMC), las ráfagas de viento alcanzaron —en su peak— los 124 kilómetros por hora en la Región Metropolitana (RM).
A eso de la 01:00 del viernes 2 de agosto, Pudahuel, Maipú, Independencia y Quilicura reportaron masivos cortes de electricidad, incluídas otras regiones como Coquimbo, el Biobío y Los Lagos. Con el paso de las horas, más comunas de la RM se sumaron a la interrupción que llegó a tener a más de 550 mil clientes sin el suministro.
Con ese panorama, autoridades convocaron reuniones de emergencia para dimensionar el impacto, entre ellos, alcaldes de distintas comunas de la RM. Sin embargo, la situación no mejoraría para la empresa protagonista: Enel.
Desde el Ejecutivo anunciaron un proceso de revisión de la concesión con Enel, instruida por el propio Presidente Gabriel Boric. ¿Cuáles son las condiciones para la caducidad? ¿Qué costos tiene para el Estado? ¿Qué pasa si se retira la concesión? En este explicativo, Fast check CL examinó las condiciones, las disposiciones de la ley y sus implicancias.
¿Cómo nació Enel?
Según información pública, Enel es una empresa italiana fundada en 1962 para gestionar la electricidad en Italia.
En Chile todo partió el 1 de septiembre de 1921, cuando la Compañía Chilena de Electricidad Ltda era la encargada de suministrar el servicio eléctrico. La empresa experimentó una fusión entre Chilean Electric Tramway and Light Company y la Compañía Nacional de Fuerza Eléctrica. Producto de esta unión, nace Chilectra.
Años después, el 14 de agosto de 1970, Chilectra fue estatizada luego de que se promulgara el decreto de Ley N° 17.323, el que autorizó a la Corporación de Fomento de la Producción adquirir las acciones de la empresa. Entre 1983 y 1987 —periodo que comprende a la dictadura — experimentó un proceso de reprivatización, donde el 100% de su control pasó a privados.
Para 1997, Endesa España compró Enersis S.A —empresa que controlaba el 98,25% de las acciones de Chilectra S.A.— en una operación conocida como el “Caso Chispas”. Posteriormente, en 1999, Endesa incrementó su participación con una nueva oferta pública.
En 2015, Enel lanzó el proceso de reestructuración Carter II, que reorganizó los negocios en Chile y otras regiones. Un años después, las empresas involucradas: Enersis Chile, Endesa Chile y Chilectra, cambiaron su nombre a Enel Chile.
¿Cómo es una concesión en Chile?
Según el sitio especializado Infraex, una concesión en Chile es un contrato establecido entre el Estado y un privado, en el que se le otorga a este último el derecho a construir, operar o administrar una infraestructura pública o un monopolio natural.
En nuestro país, en el área de inversión de infraestructura pública, se ha optado por la denominada asociación pública privada. En el caso del transporte, la generación de energía o la distribución de electricidad, está fundamentada en el DFL 4/20018.
Hay dos modelos para aplicar una concesión: la provisional, que se ejecuta con un tiempo fijo y determinado, y la definitiva, que se otorgan por un plazo indefinido.
Para la concesión de un servicio determinado, en este caso, del servicio eléctrico, debe ocurrir una licitación pública en la que concursan diversos actores de la industria.
¿De qué trata la concesión con Enel?
A la fecha, Enel es la empresa con la red de distribución energética más grande de Chile, lo que traducido en clientes, asciende a las 2 millones de personas. Esta área de concesión concentra 33 comunas de la RM (ver aquí), equivalente a 2.105 kilómetros cuadrados. Estos sectores están agrupados en:
Pero además, Enel también tiene presencia en la Provincia de Chacabuco, abarcando 59,79 kilómetros cuadrados correspondientes al Pueblo de Colina y los alrededores pertenecientes a la comuna de Colina.
¿Cuándo empieza y cuándo termina?
Para dar con el origen de las concesiones de Enel, hay que remontarse a la década de 1980. A modo de reconstruir su historia, Fast Check CL tuvo acceso exclusivo a decretos del Ministerio de Economía. Esta es su línea cronológica:
- En 1984, mientras se reestructuraba la privatización, Chilectra Metropolitana obtuvo la concesión “definitiva del servicio público para operar y explotar en la Región Metropolitana, el sistema de transporte y distribución de energía eléctrica”, indica el documento del mismo año, firmado por el subsecretario de la época, Alberto Cardemil.
- La zonas de operaciones estarían delimitadas entre el Puente Ñilhue (Lo Barnechea) y las cumbres del cerro Lonquen, contemplando los deslindes comunales de Puente Alto, La Florida, Peñalolén y Las Condes.
- Para 1985 y en lo que restaba de década, Chilectra continuó ampliando su rango de concesión, que comprendía las comunas de Quilicura, Pudahuel, Lampa, Colina.
- ¿Cuándo termina la concesión? Todas las concesiones fueron otorgadas a plazo indefinido (o definitivo).
- Por lo tanto, con la adquisición del control de Chilectra por parte de Endesa a principios del siglo XXI, los contratos continuaron en su estándar de indefinido, hasta lo que hoy conocemos como Enel.
¿Qué etapas deben operar para la caducidad?
Como bien mencionó el ministro de Energía, Diego Pardow, para revocar la concesión de Enel deben suceder una serie de pasos, en la medida en que Enel no cumpla con los plazos fijados.
- El primero es mediante un acto administrativo, “el que funciona como una forma de ultimátum, donde se le ponen condiciones de servicio que tienen que ser cumplidas en cierto plazo”, explicó Pardow.
- Posteriormente, como segunda etapa, si los plazos de ese ultimátum no se cumplen en las 24 horas emitida la resolución, “este proceso se moverá a su siguiente fase administrativa, que es la fase adversarial”.
¿Qué dice la ley sobre el término de la concesión?
El Presidente de Chile, en este caso, Gabriel Boric —amparado en la Ley General de Servicios Eléctricos— puede dar término a la concesión mediante Decreto Supremo, “si la calidad del servicio suministrado no corresponde a las exigencias preestablecidas en esta ley o en sus reglamentos”, describe el cuerpo legal.
Paula Bagioli, Coordinadora de Investigación del Programa de Derecho Administrativo Económico UC, sostiene que “lo anterior procedería, salvo que, ante un requerimiento previo de la SEC —primer paso que debe concurrir para proceder a la caducidad de la concesión—, el concesionario remedie la situación dentro del plazo que ese mismo organismo fijó para ello”.
“En este caso, el Presidente, teniendo en vista los hechos acontecidos, es decir, los prolongados cortes de energía eléctrica, y calificándolos como un servicio cuya calidad no cumple con los estándares exigidos por la normativa eléctrica, y sin que hayan sido remediados dentro del plazo fijado por la SEC, podría caducar la concesión que tiene Enel para distribuir energía eléctrica”, explica Bagioli
¿Cuál es el costo de la caducidad?
En tal eventualidad, si el Estado opta por darle caducidad a la concesión, no hay un impacto económico macro, pero sí un costo micro, pues el Presidente debe ordenar a la SEC a intervenir en la concesión, en el que se determinará quién asumirá la explotación y administración previsional del servicio, aclara Paula Bagioli.
Bagioli argumenta que “para otorgar una nueva concesión el Presidente debe llamar a una nueva licitación dentro de un año contado desde el decreto supremo que caduca la concesión. Todo esto importará que los funcionarios de la SEC tengan que realizar mayores labores para poder llevar a cabo dicha intervención. Incluso podría importar que quizás se tengan que contar con más funcionarios o contratar más prestadores a honorarios”.
¿Puede Enel apelar a la caducidad?
Dada la naturaleza del Decreto Supremo, no existe una acción o un recurso especial para reclamar o apelar. No obstante, todo acto administrativo —en ese caso, de cesar el contrato de concesión—, puede ser impugnado en sede administrativa o judicial. Paula Bagioli lo grafica de la siguiente manera:
- En sede administrativa, se pueden presentar los recursos establecidos en la Ley N.º 19.880, Ley de Bases de Procedimiento Administrativo (salvo uno, que es el recurso jerárquico).
- En sede judicial, además de poder presentar un recurso de protección si se estima que el Decreto Supremo es ilegal o arbitrario, se puede interponer una acción de nulidad de derecho público.
Pero, por ejemplo, si la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) impone una sanción a Enel, la empresa puede presentar una reclamación ante la Corte de Apelaciones del lugar donde tiene su sede:
“Esta acción no es contra el decreto del Presidente que caduca la concesión, sino contra la sanción que aplica la SEC. Con todo, en atención que el Decreto Supremo tiene pasar por el control previo de legalidad que hace la Contraloría General de la República por medio del trámite de toma de razón, en esa instancia, podría Enel ser oído por dicho órgano contralor”, sostiene Bagioli.
¿Y las instalaciones de Enel?
En el hipotético escenario en que se retira la concesión, a juicio de Luis Llanos, profesor adjunto del Departamento de Ingeniería Industrial de la Universidad de Chile, quedará la interrogante en la futura empresa que se adjudique dicha licitación, “porque acá hay algo importante que es la transferencia de activos: los postes, los transformadores, los cables, la tecnología; que son del actual concesionario, que es Enel”, indica.
“Lo más probable es que en una situación, en la que no haya concesionaria a cargo o que las relaciones entre Estado y Enel se interrumpan, uno debería pensar que esa transición debería ser con una intervención del Estado en Enel o la distribuidora. Por lo tanto, la operación estaría comandada por el Estado”, complementa Llanos.
Por lo mismo, el nuevo concesionario que resulte ganador de la licitación estará obligado a adquirir los bienes pagando por ellos: “Los fondos obtenidos se destinarán a pagar todos los gastos de mejoras del servicio, y en caso de que haya remanente, este se le pagará a Enel”, complementa Bagioli.
¿Y ahora qué?
Con las advertencias del Gobierno y la SEC, Enel se encuentra desplegando cuadrillas de trabajo para reponer el servicio eléctrico en la Región Metropolitana, en lo que debía ser la reposición de un mínimo de 20 mil clientes para este jueves 8 de agosto. Desde el Ejecutivo confirmaron el cumplimiento de dicho plazo, pero hasta el cierre de esta edición, 44.226 hogares seguían sin luz.
En las últimas horas, el propio Presidente Gabriel Boric instruyó al embajador de Chile en Roma, Ennio Vivaldi, para tomar contacto con representantes de Enel en el país europeo, notificación que ya fue acusada por el consejero diplomático de la presidenta de Italia, Giorgia Meloni.
Aunque las críticas han estado dirigidas a Enel, CGE —estatal china— es otra de las empresas encargadas de la distribución en Chile, la que presentado prolongados cortes del suministro en las regiones de O’Higgins y La Araucanía.
Pese a que desde el Gobierno no han informado de la revisión del contrato, en las últimas horas han proliferado las presiones para caducar el vínculo, provenientes de diputados del PPD, independientes y alcaldes de O’Higgins. Estos últimos presentaron un recursos de protección en contra de CGE, al igual que la SEC, que ya formuló cargos por las demora en la reposición del suministro.