La ex candidata a constituyente por la región de Valparaíso, Valeria Cárcamo, aseguró que los senadores nombran a los jueces de la Corte de Apelaciones. Sin embargo, esto es falso, los magistrados de las Cortes de Apelaciones son designados por el Presidente de la República.
Por si tienes poco tiempo:
- En su cuenta de X, la ex candidata a constituyente por la región de Valparaíso, Valeria Cárcamo, dijo: «adivinen quienes nombran a los jueces de la Corte de Apelaciones, los senadores».
- Según la Constitución chilena, dentro de las atribuciones del Presidente de la República se encuentra la designación de los magistrados de la Corte de Apelaciones. Los senadores no tienen injerencia en este ámbito.
Por Isidora Osorio
El pasado viernes Eduardo Macaya, padre del senador y ex presidente de la UDI, Javier Macaya, fue condenado a 6 años de cárcel por abuso sexual a dos menores de edad.
En dicha audiencia, el Tribunal Oral en lo Penal de San Fernando decretó prisión preventiva mientras la sentencia no este ejecutoriada. Sin embargo, este lunes dicha medida fue revocada por la Corte de Apelaciones de Rancagua, quien dejó a Eduardo Macaya con arresto domiciliario y arraigo nacional.
A raíz de esto, Valeria Cárcamo, ex candidata a constituyente por la región de Valparaíso, en su cuenta de X dijo: «adivinen quienes nombran a los jueces de la Corte de Apelaciones, los senadores».
Esta misma información se viralizó en Facebook (1,2,3) y TikTok (1), sin embargo, el dato es erróneo. Los magistrados de las Cortes de Apelaciones son designados por el Presidente de la República.
Los jueces de la Corte de Apelaciones son designados por el presidente
Fast Check CL lo primero que hizo fue hacer una búsqueda con palabras claves para encontrar información respecto a la designación de los jueces de la Corte de Apelaciones. Con esto se encontró un video del Poder Judicial, publicado el año 2014, donde se menciona que es el Presidente de la República quien designa a los magistrados de esta área.
«La Corte de Apelaciones son tribunales de segunda instancia que actúan de manera colegiada y ejercen sus facultades jurisdiccionales dentro de un territorio determinado por la ley, el que suele coincidir con una región del país. Por orden jerárquico las Cortes de Apelaciones están por sobre los juzgados de primera instancia como los civiles, de familia, laborales o de garantía y por debajo de la Corte Suprema», explica el Poder Judicial en el video.
Posteriormente menciona que para elegir a un nuevo ministro de una Corte de Apelación, «la Corte Suprema abre un concurso público donde los interesados presentan sus antecedentes. Luego el máximo tribunal, en el marco de una sesión de pleno, elabora una terna que es enviada al Presidente de la República para que escoja un nombre y lo designe directamente en el cargo».
Con esto, Fast Check revisó la Constitución chilena para confirmar la información del video. De acuerdo al artículo 78, los «ministros y fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones serán designados por el Presidente de la República, a propuesta en terna de la Corte Suprema».
Según el mismo artículo, el Senado solo tiene participación en la designación de los ministros de la Corte Suprema, pero no tiene injerencia en la designación de los magistrados de las Cortes de Apelaciones.
«Los ministros y los fiscales judiciales de la Corte Suprema serán nombrados por el Presidente de la República, eligiéndolos de una nómina de cinco personas que, en cada caso, propondrá la misma Corte, y con acuerdo del Senado. Este adoptará los respectivos acuerdos por los dos tercios de sus miembros en ejercicio, en sesión especialmente convocada al efecto», es lo que se especifica en la Constitución.
De igual manera, Fast Check CL se contactó con el Poder Judicial, quienes confirmaron que el Presidente de la República es quien designa a los ministros de la Corte de Apelaciones y no el Senado.
Posteriormente, Valeria Cárcamo eliminó la publicación y rectificó la información. En su cuenta de X aseguró: «Rectifico, el nombramiento de jueces no lo hacen los senadores».
Conclusión
Fast Check CL califica como falsa la información. Según la Constitución chilena, los ministros de las Cortes de Apelaciones son designados por el Presidente de la República y no por el Senado.