Este 1 de julio, en medio de la incertidumbre por el futuro de Donald Trump, la Corte Suprema de Estados Unidos determina que los presidentes tienen inmunidad por sus actos cometidos durante el ejercicio de su mandato. No obstante, un mandatario no está protegido por inmunidad en casos relacionados con actos que guarden relación a su esfera privada.
Por Fast Check CL
Este lunes, la Corte Suprema de Estados Unidos emitió una decisión crucial respecto a la inmunidad penal de los presidentes en ejercicio.
Esta determinación llega en un momento complicado, a poco más de cuatro meses de las elecciones en las que Donald Trump busca regresar a la Casa Blanca.
Según recoge CNN, el presidente de la Corte Suprema, John Roberts, explica la determinación: “Llegamos a la conclusión de que, en virtud de nuestra estructura constitucional de poderes separados, la naturaleza del poder presidencial requiere que un expresidente tenga cierta inmunidad de enjuiciamiento penal por actos oficiales durante su mandato”.
¿En qué consiste esa inmunidad?
Por lo anterior, es que el fallo establece que un expresidente tiene derecho a una inmunidad de enjuiciamiento penal por acciones dentro de su autoridad constitucional clara y decisiva, así como a una presunta inmunidad por todos sus actos oficiales.
No obstante, un mandatario no está protegido por inmunidad en casos relacionados con actos no oficiales, por lo que pueden ser juzgados por actos que guarden relación a su esfera privada.
La sentencia fue aprobada por los seis magistrados conservadores del Tribunal, incluidos los tres nombrados por Donald Trump, mientras que las tres juezas progresistas votaron en contra.