Desde septiembre, antes que se conociera la propuesta de nueva Constitución, ya se afirmaba en redes sociales que el documento acababa con el derecho a la indemnización por años de servicio. Al revisar la propuesta terminada, Fast Check califica la información como #Falso.
Por si tienes poco tiempo:
- Desde Fiestas Patrias que circula en redes sociales la afirmación de que, en la nueva propuesta constitucional, se elimina el derecho a la indemnización por años de servicio.
- Sin embargo, las afirmaciones son #Falsas. No hay rastros en la propuesta de nueva Constitución que se haya eliminado la indemnización por años de servicio.
- La desinformación surgió al adjuntar un documento que hacía relación al programa de gobierno presentado por José Antonio Kast en 2021, en donde se interpretó que sí buscaba eliminar este derecho.
Por Maximiliano Echegoyen
Desde mediados de septiembre que lectores de Fast Check han enviado a nuestras redes sociales distintas publicaciones en donde afirman que, en la nueva propuesta constitucional, se elimina el derecho a la indemnización por años de servicio (1,2,3,4,5,6,7).
«Se acaba el derecho a indemnización por años de servicio (olvidate del finiquito). Una que nos una.. decían», asegura una publicación compartida casi 3 mil veces en Facebook, haciendo alusión a la propuesta de nueva Constitución. «Ya quedó en el texto definitivo de la nueva propuesta constitucional la supresión de la indemnización por años de servicio», afirma otra persona en un video subido a TikTok y compartido en ‘X’.
Sin embargo, las afirmaciones son #Falsas. No hay rastros en la propuesta de nueva Constitución que se haya eliminado la indemnización por años de servicio. La desinformación surgió al adjuntar un documento que hacía alusión al programa de gobierno presentado por José Antonio Kast en 2021, en donde se interpretó que sí buscaba eliminar este derecho.
No hay menciones de esto en la propuesta definitiva
En primer lugar, Fast Check sometió la nueva propuesta Constitucional a Pinpoint, para buscar en el texto el concepto clave «indemniza». De este modo, se observa que la palabra «indemnización» aparece 8 veces, mientras que los términos «indemnizada», «indemnizado», «indemnizadas» e «indemnizaciones» aparecen una vez cada una. Es decir, en total se refieren al concepto general «indemnización» y sus variables 12 veces.
¿Y qué es lo que dicen esos artículos?
- En el artículo 15, el inciso 5 establece que el Estado reconoce a las víctimas del terrorismo, las cuales tendrán «el derecho a ser indemnizadas(1)» por el Estado. «El monto de la indemnización(2)» será designado por los tribunales de justicia, según la propuesta.
- En el artículo 16, que es donde se consagran los derechos sociales, se habla en el inciso 35 del derecho a la propiedad. En este sentido, se establece que una persona que ha sido expropiada «tendrá siempre derecho a la indemnización(3) por el daño patrimonial» y que, a falta de acuerdo, «la indemnización(4) deberá ser pagada en dinero efectivo al contado». En este mismo artículo, se explica que «la toma de posesión material del bien expropiado tendrá lugar previo al pago total de la indemnización(5)».
- Además, el artículo 16 también hace mención a los yacimientos que contengan sustancias no concesionables. Bajo este sentido, la norma indica que el Presidente de la República podrá poner término a las concesiones «en cualquier tiempo, sin expresión de causa y con la indemnización(6) que corresponda».
- Luego, respecto a las garantías de los derechos y libertades, el artículo 29, establece que aquella persona que fue condenada erróneamente «tendrá derecho a ser indemnizado(7) por el Estado». «La indemnización(8) será determinada judicialmente», se lee en la norma.
- Al definir el Estado de Excepción constitucional, el artículo 36 menciona las requisiciones que se practiquen durante el estado «darán lugar a indemnizaciones(9)» y que «también darán derecho a indemnización(10) las limitaciones que se impongan al derecho de propiedad».
- Por su parte, al definir las bases generales de la Administración del Estado, el artículo 110 señala que «la ley contemplará las normas sobre cese en las funciones y la facultad de desvinculación fundada, así como el correspondiente sistema de seguro o indemnización(11) por años de servicio que será aplicable en los casos que esta determine».
- Por último, el artículo 111 señala que cualquier persona que haya visto perjudicado sus derechos o intereses por la Administración del Estado, «tendrá derecho a ser indemnizada(12)».
Como se pudo observar, solamente el artículo 110 se refiere sobre la indemnización por años de servicio, aunque esta habla específicamente a los funcionarios que trabajen en la Administración del Estado.
Fast Check consultó al abogado constitucionalista y profesor investigador de la Universidad del Desarrollo, Gaspar Jenkins, quien señaló que no significa que se haya eliminado la indemnización por años de servicio al no aparecer este concepto en la propuesta de nueva Constitución. «Esa indemnización se regula directamente en el Código del Trabajo», indica el experto.
Además, Jenkins menciona que el artículo 110 «no se refiere sobre el derecho al trabajo, sino solo respecto del régimen de los funcionarios públicos», por lo que, en realidad, la nueva propuesta constitucional no hace ninguna mención sobre este derecho de los trabajadores.
El origen del rumor
En algunas publicaciones (1,2) que se comparten y que indican que la propuesta constitucional elimina las indemnizaciones por año de servicio, adjuntan un texto que dice explícitamente: «4.- Elimina la indemnización por años de servicio de cargo del empleador, reemplazándolo por indemnización a todo evento descontada al trabajador de la remuneración (N°208, página 72)».
Entonces, Fast Check rastreó el origen de este texto, copiándolo y pegándolo íntegramente. De este modo, se encontró la misma oración en un portal del sitio web de la Asociación Gremial de Abogadas y Abogados de Laboralistas de Chile (AGAL).
Dicho artículo corresponde a un análisis comparativo entre los programas de gobierno del candidato José Antonio Kast y el candidato Gabriel Boric. De hecho, esa es la razón por la que, al referirse en este punto, las publicaciones indican «N°208, página 72».
De este modo, Fast Check revisó el programa de gobierno que el líder del Partido Republicano presentó en su candidatura en 2021. Efectivamente, en la página 72 se puede leer en su propuesta N° 208 que José Antonio Kast, que buscaba establecer una indemnización por años de servicio a todo evento.
En este sentido, los virales utilizan información relacionada a la interpretación del AGAL respecto al programa de gobierno que presentó José Antonio Kast en su candidatura en 2021, y no sobre el nuevo texto constitucional.
De hecho, cuando surgió la desinformación —en plenas Fiestas Patrias— aún no existía un texto definitivo. Fue recién el lunes 30 de octubre cuando el pleno del Consejo Constitucional aprobó el texto que será plebiscitado el 17 de diciembre.
Conclusión
Fast Check califica el contenido como #Falso. No hay rastros en la propuesta de nueva Constitución que se haya eliminado la indemnización por años de servicio. La desinformación surgió al adjuntar un documento que hacía relación al programa de gobierno presentado por José Antonio Kast en 2021, en donde se interpretó que buscaba eliminar este derecho.