(Video) “Nuevo texto constitucional elimina la soberanía y la entrega a la ONU”: #Falso

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A través de un video, se asevera en redes sociales que el nuevo texto constitucional elimina la soberanía y se la entrega a la ONU. Después de consultar con especialistas y leer el anteproyecto de los expertos, la Constitución actual y la Carta Fundamental de la ONU, Fast Check calificó el contenido como #Falso.



Por si tienes poco tiempo:

  • Circula un video en el que se asevera que el nuevo texto constitucional elimina la soberanía y se la entrega a la ONU.
  • Pero esto es #Falso. En primer lugar, aún no existe un nuevo texto constitucional, pues lo presentado por los expertos es un anteproyecto de nueva Constitución.
  • Además, el contenido de la norma al que se hace referencia es similar al artículo 5 de la Carta Fundamental vigente.
  • Por último, expertos consultados señalan que este artículo no entrega la soberanía a la ONU y que esta, por su parte, no viola la soberanía de las naciones.

Por Maximiliano Echegoyen

El 7 de junio, el canal de Youtube @VivaChile publicó un video de menos de un minuto, cuyo título dice «Consejo Constitucional anuncia que las leyes obedecerán lo que manda La ONU». En el clip aparece la presidenta de la Comisión de Expertos, Verónica Undurraga, junto a un texto en cuadro amarillo que dice: «Nuevo texto constitucional elimina la soberanía y la entrega a la ONU».

En el clip, que también se encuentra difundido en Facebook (1,2) y Twitter (1), se puede escuchar a la presidenta de la Comisión de Expertos decir:

  • «Se declara que el ejercicio de la soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos reconocidos en la Constitución, y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, agregándose un mandato constitucional de interpretar las normas de derecho interno en forma compatible con dichos tratados, favoreciendo la protección más amplia de la persona».

Después de esta intervención, una voz computarizada recalca que «tal como dijo la presidenta del Comité de Expertos, el nuevo texto constitucional no solo limita la soberanía de Chile al derecho internacional, sino que han agregado una nueva indicación que obliga a que la legislación chilena se adecúe a lo que manda la ONU». El video finaliza llamando a rechazar la nueva propuesta constitucional.

Pero esta premisa es #Falsa. En la Constitución de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) queda establecido que no puede interferir en la soberanía de las naciones. Además, el artículo que se hace mención en el video no difiere de lo que dice la Carta Fundamental actual. Por último, expertos consultados para esta verificación respaldan que el artículo no hará que la ONU interfiera en nuestra soberanía.

La inauguración del Consejo Constitucional

En primer lugar, Fast Check buscó el video original del que proviene el extracto viral. Para ello, el registro se buscó en el canal de Youtube de el Senado de Chile, dado que la Cámara Alta es la que ha impulsado con mayor protagonismo este segundo proceso constitucional.

De este modo, se encontró la intervención de Verónica Undurraga en la transmisión del miércoles 7 de junio de 2023, fecha en la que los consejeros constitucionales asumieron su mandato y se sumaron a la Comisión de Expertos en el proceso.

El discurso de Undurraga se llevó a cabo al medio día. El propósito de su monólogo es dar cuenta de los lineamientos generales y del trabajo realizado por la Comisión de Expertos.

Es a las 12:08 horas cuando la presidenta de la Comisión dice la frase del viral (ver aquí). De este modo, Fast Check da cuenta que la frase viralizada está dicha tal cual, por lo que se descarta algún recorte o manipulación del video que haga perder el sentido de sus palabras.

¿Qué dice el anteproyecto?

El siguiente paso fue verificar qué dice el anteproyecto en cuanto a la soberanía. En este punto se percibe el primer error de lo difundido, pues se asegura que el nuevo texto constitucional sede la soberanía a la ONU, pero ese texto aún no está listo. Para tener en cuenta, la propuesta de nueva Constitución será plebiscitada recién el 17 de diciembre.

Volviendo al anteproyecto, este documento se encuentra en el sitio web del nuevo proceso constitucional. En el primer inciso del artículo 4 del texto se establece que:

  • «La soberanía reside en el pueblo y se ejerce por este a través de elecciones periódicas, referendos, plebiscitos, mecanismos de participación y también de las autoridades que esta Constitución establece. Ningún individuo o grupo puede atribuirse su ejercicio».

Luego, en el artículo 5 se especifica: «el ejercicio de la soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes». Este fue el artículo que describió Verónica Undurraga en su alocución.

Ahora bien, estos artículos responden a los 12 principios o «bordes» institucionales que están establecidas en la reforma constitucional que habilitó este segundo proceso.

  • El primer principio dice que «Chile es una República democrática, cuya soberanía reside en el pueblo», mientras que el tercer principio es: «la soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes».

La Constitución actual dice algo similar

En todo caso, la Carta Magna vigente no se aleja tanto de lo propuesto en el anteproyecto. En el primer inciso del artículo 5 se puede leer:

  • «La soberanía reside esencialmente en la Nación. Su ejercicio se realiza por el pueblo a través del plebiscito y de elecciones periódicas y, también, por las autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio».

En el segundo inciso del mismo artículo se establece:

  • «El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes».

Esto no significa que la ONU nos quite soberanía

Por lo demás, esto no significa que la Organización de las Naciones Unidas interfiera en la soberanía nacional. Como lo ha indicado Fast Check anteriormente (aquí, aquí y aquí), la ONU reconoce en sus principios la soberanía de las 193 naciones que la integran.

La Carta de las Naciones Unidas, el tratado internacional que fundó la ONU y que funciona como su Constitución, establece en su artículo 2 que la «Organización esta basada en el principio de la igualdad soberana de todos sus Miembros». De hecho, en ese mismo artículo queda expresado que ninguna disposición de la Carta «autorizará a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados».

Logo de la Organización de las Naciones Unidas.

¿Qué dicen los expertos?

Además, Fast Check se contactó con Samuel Fernández, profesor titular de Derecho Internacional de la Universidad Central para indagar más sobre este asunto. El experto, ante la consulta de que si la ONU puede interceder en las soberanía de los países, señala que «el organismo está creado para defender la soberanía de los Estados, no para violarla».

Samuel Fernández.

En cuanto a los tratados internacionales relativos a DD.HH. que firman las naciones —y que son los que se hacen referencia en el anteproyecto—, Fernández explica que «los derechos humanos tienen un valor universal, sino, se podrían cometer atrocidades de manera impune».

Esto significa que los tratados sobre DD.HH «deben cumplirse, nunca se imponen, y están regidos por el Derecho Internacional».

Por su parte, Gonzalo Cortés, profesor de derecho constitucional y derecho internacional de la U. Católica del Norte, asevera que «en ningún caso» se debe interpretar el artículo del anteproyecto como lo establece el viral.

Gonzalo Cortés.

«En primer lugar, porque la redacción de esta norma se parece bastante al artículo 5 de la Constitución actual», equipara el experto. En la Carta Fundamental actual, se establece que la soberanía se encuentra limitada por los «derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana».

«Lo que hace el anteproyecto es precisar esto, señalando que el límite de la soberanía es la dignidad de la persona humana, dignidad que, por lo demás, es el valor que constituye la base de la que emanan estos derechos. Por tanto, no hay una gran diferencia, desde el punto de vista jurídico o técnico, en la utilización de una expresión o la otra», dice Cortés.

El jurista precisa que «lo que reconoce, es que el Estado chileno ejerce la soberanía, que es el poder público, en nombre del pueblo y que esa soberanía tiene un límite: la dignidad de la persona humana».

En cuanto a por qué se hace mención a los tratados internacionales de derechos humanos, el docente destaca que es porque «el compromiso que asume un Estado, cuando este se obliga en el ámbito internacional, no es solo respetar internacionalmente lo que ha convenido, sino que traducir en el plano nacional esas obligaciones que ha contraído y esto no es ninguna novedad, esto existe desde que existe el derecho internacional». En este caso, lo que se ha convenido y se hace mención es el respeto a los derechos humanos.

Conclusión

Fast Check califica la información como #Falso. En primer lugar, aún no existe un nuevo texto constitucional, pues lo presentados por los expertos es un anteproyecto. Además, dentro de los principios de la ONU se declara que no se violará la soberanía de los Estados miembros. De igual manera, distintos especialistas han desmentido lo que se plantea. 

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