Se ha compartido en redes sociales que el diputado Gonzalo de la Carrera tendría todas las firmas que se necesitan para destituir al Presidente Gabriel Boric, a través de un plebiscito revocatorio. Sin embargo, esto es falso, ya que, de acuerdo a las leyes chilenas, no se puede hacer un plebiscito para destituir a un mandatario. Además, el mismo diputado de la Carrera desmintió la información.
Por si tienes poco tiempo:
- Se ha compartido en redes sociales que el diputado Gonzalo de la Carrera tendría las firmas suficientes para oficializar un plebiscito revocatorio para destituir al Presidente Gabriel Boric.
- Esta información es falsa, ya que la Constitución en ninguna parte plantea que se pueda realizar un plebiscito revocatorio para destituir a un presidente, además el mismo diputado lo desmintió.
- De igual manera, la desinformación comenzó con el video de un usuario que después confesó que era una broma del día de los inocentes.
Por Fast Check CL
Se ha compartido en redes sociales (1,2,3,4,5) que el diputado Gonzalo de la Carrera tiene la cantidad de firmas suficientes para iniciar un plebiscito revocatorio en contra del Presidente Gabriel Boric.
En las distintas publicaciones se explica que el diputado consiguió 2.750.000 firmas, lo que según dicen, permitiría realizar un plebiscito revocatorio para destituir a Gabriel Boric.
«El diputado Gonzalo de la Carrera acaba de oficializar 2.750.000 firmas, lo que constituye el quórum mínimo que establece la actual Constitución del año 1980 para poder destituir al Presidente de la República mediante plebiscito revocatorio, por lo tanto, ya es oficial habría plebiscito revocatorio, según lo que dice la Constitución», se escucha en uno de los videos.
Sin embargo, Fast Check CL calificó como falsa la información, ya que la Constitución en ninguna parte plantea que se pueda realizar un plebiscito revocatorio para destituir a un presidente, además el mismo diputado lo desmintió.
No hay un plebiscito para destituir a un presidente
Fast Check CL lo primero que hizo fue revisar la Constitución para constatar si es posible realizar un plebiscito revocatorio para destituir a un presidente, sin embargo, no se encontró esta información en ninguna parte. Lo mismo sucedió al buscar una ley que planteara esto en la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN).
Además, este medio se comunicó con el abogado constitucionalista, Tomás Jordan, quien clarificó que la Constitución chilena actual no permite que se realice un plebiscito para revocar al Presidente de la República.
Explicó que en dos casos se puede realizar un plebiscito, el primero corresponde a un plebiscito para aprobar una nueva Constitución, como se dio en el Plebiscito de Salida.
El segundo caso es cuando se da una disconformidad entre el Presidente y el Congreso, donde el primero de estos puede convocar a un plebiscito para que la ciudadanía decida si está de acuerdo con la propuesta del mandatario o la impulsada por el parlamento.
Gonzalo de la Carrera desmintió la información
De igual forma, Fast Check CL se contactó con el diputado Gonzalo de la Carrera, quien desmintió la información.
«Si bien, no estoy de acuerdo con las decisiones de quienes gobiernan el país. Le quiero decir que no es posible que yo solicite la destitución de una autoridad electa democráticamente, con procedimientos que no están establecidos en la Constitución y las leyes. Por lo tanto, no soy yo quien esta pidiendo las firmas para esos fines», aseguró.
Video original
De igual manera, se buscó de dónde proviene la desinformación, pudiendo comprobar que el primer video compartido es del usuario @soy.elmax, quien publicó esta información el día 28 de diciembre de 2022.
Aquí explica que el diputado Gonzalo de la Carrera habría juntado la cantidad de firmas necesarias para iniciar esta destitución en contra del Presidente de la República. Además, citó al artículo 162 y 163 de la actual Constitución.
Sin embargo, el mismo Tik Toker, @soy.elmax al día siguiente, subió a sus redes sociales otro video, donde explica que todo era una broma por el día de los inocentes, celebrado el 28 de diciembre, y afirmó que la actual Constitución no posee artículos 162 ni 163, por lo que no entrega la posibilidad de realizar un plebiscito revocatorio. De hecho, la Carta Magna solo posee 143 artículos y 51 disposiciones transitorias.
Conclusión
Fast Check CL califica esta información como falsa, ya que la Constitución actual no permite que se realice un plebiscito revocatorio para destituir a un presidente. Además, el mismo diputado desmintió la información.