“Es un poco penoso, que con esta nueva Constitución se quiere quitar la heredad, que no haya herencia”: #Falso

Se ha viralizado en redes sociales un video de un sacerdote de la Parroquia San Sebastián de Panguipulli, donde asegura a sus feligreses que la nueva Constitución quita la herencia. No obstante, esto es falso, dado que ningún artículo de la propuesta constitucional elimina la herencia de propiedad.
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Se ha viralizado en redes sociales un video de un sacerdote de la Parroquia San Sebastián de Panguipulli, donde asegura a sus feligreses que la nueva Constitución quita la herencia. No obstante, esto es falso, dado que ningún artículo de la propuesta constitucional elimina la herencia de propiedad.


Por si tienes poco tiempo:

  • A nuestra pauta llegó un video en donde un sacerdote de la Parroquia San Sebastián de Panguipulli le informó a sus feligreses que, con la nueva Constitución, los padres no podrían heredar los bienes a los hijos.
  • No obstante, esto es falso. La herencia se rige bajo el derecho de propiedad, que sí está consagrada en el proyecto constitucional. Además, las reglas de cómo se ejecutan las herencias lo establece el Código Civil.

Por Maximiliano Echegoyen

El pasado domingo 7 de agosto en la comuna de Panguipulli (Región de los Ríos) la Parroquia San Sebastián realizó su eucaristía enfocada en la niñez, donde tomó relevancia un tema en particular: la herencia.

Bajo esta línea, en la misa del domingo pasado el padre Juan Catrilef Huentru realizó un sermón enfocado en esta temática, momento en que aprovechó de decir que «cada hijo tiene derecho a la herencia, tiene derecho a recibir algunas cosas; aunque sean pequeñas cosas, pero es la herencia que los papás, los abuelos, le van dejando. Es un poco penoso, que con esta nueva Constitución, se quiere quitar la heredad, que no haya herencia» (minuto 33:25).

Luego, el sacerdote agrega «supongamos que un papá que tiene unos 5 millones o 10 millones en el banco. En un cerrar de ojos se muere en un accidente. Esa herencia se va a perder, ya no va a llegar a la esposa, no va a llegar para los hijos, sino que se va para el Estado».

Sus dichos han sido difundidos y desmentidos en Twitter. Aún así, lectores de Fast Check CL nos consultaron si en el texto constitucional se refieren sobre la herencia de las propiedades.

Para ser claros: no existe ningún artículo que establezca que la herencia de las propiedades de una persona se perderán o que serán parte del Estado. Por ende, calificamos lo pronunciado por el sacerdote como #Falso.

La propuesta de Constitución no quita la herencia

En primer lugar, Fast Check CL se contactó con la parroquia San Sebastián el miércoles 10 de agosto para consultar si se encontraba disponible el sacerdote Juan Catrilef, y así preguntarle cuál fue su sustento para haber realizado aquella afirmación. Desde la parroquia nos comentaron que Catrilef está complicado de salud, por lo que no se sabe cuándo estará disponible.

Luego, este medio revisó la propuesta de nueva Constitución, utilizando distintos comandos como pinpoint o las teclas «Control + F» para buscar palabras clave como «herencia», «heredad» o «heredabilidad».

En el único artículo que se habla de herencia, es en el N°247 referido a la fuentes de ingresos de las entidades territoriales autónomas. En esta disposición se consagró que una de las fuentes de ingresos para estas entidades son «las donaciones, las herencias y los legados que reciban conforme a la ley».

Aparte de este mecanismo -uno de tantos- de financiamiento para las entidades territoriales, no hay ningún otro articulado que se refiera a las herencias.

El derecho de propiedad y la herencia de esta

Del ejemplo al que se refiere el sacerdote, «5 millones o 10 millones en el banco», podemos desprender que hace alusión a la herencia de bienes, el cual sí está protegido, gracias al artículo N°78 que consagra el derecho a la propiedad.

Esta norma dice que «toda persona, natural o jurídica, tiene derecho de propiedad en todas sus especies y sobre toda clase de bienes, salvo aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todas las personas y los que la Constitución o la ley declaren inapropiables». En cuanto al último grupo, este comprende por lo general materias naturales, como el agua, el aire, entre otros.

  • A su vez, se estableció que «ninguna persona puede ser privada de su propiedad, sino en virtud de una ley que autorice la expropiación por causa de utilidad pública o interés general por el legislador». Esto último no difiere mucho de lo que dice la Constitución actual, que también establece que será una ley que autorice la expropiación «por causa de utilidad pública o de interés general, calificada por el legislador».

Para verificar si se eliminaba la heredabilidad en el derecho a la propiedad, Fast Check CL se contactó con el abogado constitucionalista y profesor investigador de la Universidad del Desarrollo, Gaspar Jenkins, quien explicó que «al establecer el derecho a la propiedad como un derecho fundamental, habilita a la legislación para generar mecanismos y garantías de distintas entidades para proteger dicha propiedad».

Bajo esta línea, el abogado añade que «la herencia, que permite proteger la transmisión de la propiedad dentro de un mismo grupo familiar, se encuentra en el Código Civil».

De este modo, el constitucionalista recalca que la propuesta de nueva Constitución no deroga el Código Civil, sino que incluso «la segunda norma transitoria plantea explícitamente que se mantienen todas las legislaciones y normas jurídicas de nuestro país», mientras no sean actualizadas o derogadas, por lo que, a su juicio, es razonable que las reglas en cuanto a la herencia sigan vigentes.

Conclusión

Fast Check CL califica los dichos por el sacerdote como #Falsos. La propuesta de nueva Constitución no elimina la herencia. De hecho, la herencia se encuentra bajo los marcos del derecho a la propiedad, que sí está en el proyecto constitucional, y se encuentra materializado en el Código Civil.

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