“El Congreso chileno aprueba nuevo proyecto que reemplaza la palabra ‘mujer’ por ‘persona menstruante'”: #Engañoso

Una imagen que circula en redes sociales afirma que en Chile el Congreso aprobó un «proyecto que reemplaza la palabra 'mujer' por 'persona menstruante'». Sin embargo, esto es engañoso. El proyecto en cuestión trata sobre «las personas con capacidad para menstruar», no sobre una modificación general del término «mujer».

Una imagen que circula en redes sociales afirma que en Chile el Congreso aprobó un «proyecto que reemplaza la palabra “mujer” por “persona menstruante”». Sin embargo, esto es engañoso. El proyecto en cuestión trata sobre «las personas con capacidad para menstruar», no sobre una modificación general del término «mujer».


Si tienes poco tiempo:

  • En redes sociales circula una imagen que afirma que: «El Congreso chileno aprueba nuevo proyecto que reemplaza la palabra ‘mujer’ por ‘persona menstruante’»
  • Lo anterior es engañoso. La moción trata sobre «las personas con capacidad para menstruar», en el que sí se incluye a las mujeres, no sobre una modificación general del término «mujer».
  • Además, cabe destacar que el proyecto todavía está en trámite.

Por Elías Miranda

En redes sociales (1,2,3,4,5), especialmente en Facebook, circula masivamente una información relacionada a un supuesto proyecto aprobado por congresistas en Chile. La premisa, contenida en un titular, dice lo siguiente: «El Congreso chileno aprueba nuevo proyecto que reemplaza la palabra “mujer” por “persona menstruante”».

La imagen es una portada del portal InfoCatólica, en la que se señala que «se quiere imponer en el parlamento la «neolengua progre», gracias a la coalición del presidente Boric. Emilia Schneider, diputada, indica que el término de «mujer» sería manipulado en favor de hombres trans, personas no binarias, queer, u otras variantes de género, quienes biológicamente han nacido con sexo femenino, pero no se identifican con él».

Ahora bien, lo que se difunde es engañoso. Si bien se impulsó un proyecto de ley (que sigue en tramitación) que «promueve, resguarda y garantiza los derechos de las personas menstruantes», no se ha aprobado ningún proyecto que reemplace la terminología «mujer».

Puede ser una imagen de 1 persona, de pie y texto que dice "©Twitter @puntoprensacl IDEOLOGÍA DE GÉNERO/CHILE El Congreso chileno aprueba nuevo proyecto que reemplazará la palabra «mujer» por «persona menstruante» hablaconpropiedad"
Imagen que circula en redes sociales.

Proyecto de Ley que incluye a personas menstruantes

Hace pocos días se aprobó en general en la Cámara de Diputados y Diputadas, el «proyecto que garantiza derechos de las personas menstruantes» por 108 votos a favor, 22 en contra y 7 abstenciones. Actualmente se encuentra en segundo trámite constitucional en el Senado, por lo que no es correcto afirmar su aprobación total.

En septiembre de 2017, «las diputadas Maya Fernández Allende (hoy ministra de Defensa), Marisela Santibáñez, Carolina Marzán, Natalia Castillo, Maite Orsini, Marcela Hernando, Daniella Cicardini, Claudia Mix, Karol Cariola y Erika Olivera» ingresaro un proyecto de ley que «Promueve, resguarda y garantiza los derechos de las personas menstruantes».

Como propuesta, en el artículo 1 se busca que: «El Estado de Chile reconoce que todas las personas con capacidad para menstruar, independiente de su condición, son titulares de una serie de derechos asociados a dicha condición biológica y, en este sentido, apoya, favorece y promueve las diversas políticas públicas que se generen para su adecuado ejercicio. Para efectos de esta ley, tales derechos reciben la denominación de ‘Derechos Menstruales’»

También se contemplan una serie de derechos, como por ejemplo, el «acceso a productos de gestión menstrual de calidad» y modificaciones al Código Sanitario.

Para leer completo el boletín 14.577-34, pincha aquí.

No se reemplaza la palabra mujer

A este proyecto de ley, como se constata en el Oficio N°17340 remitido a la Comisión de Mujeres y Equidad de Género, se le ingresó una serie de indicaciones, entre ellas: «Reemplázase la expresión ‘personas con capacidad para menstruar’ por la siguiente palabra: ‘mujeres’». Pese a ello, se rechazaron esta y las otras indicaciones.

En los artículos contemplados, no se refieren explícitamente a la «mujer», sino a «personas con capacidad de menstruar». De igual manera, la descripción de la moción no señala un reemplazo en la terminología, más bien declara que:

«No sólo las mujeres, como tradicionalmente han sido concebidas por nuestra sociedad (es decir, personas cuya base biológica es el sexo femenino y, además, su identidad de género es también femenina) son las titulares de los derechos que esta ley busca establecer. También lo son las personas transgénero y fuera de una lógica binaria que tienen dicha condición biológica de menstruar, es decir, aquellas personas que nacen con una base biológica femenina, pero cuya identidad de género es diversa».

Por ende, las mujeres sí están incluidas en el proyecto de ley como «personas con capacidad de menstruar», solo que también se contempla a «personas transgénero y fuera de una lógica binaria que tienen dicha condición biológica de menstruar».

Conclusión

Fast Check CL calificó como engañosa la publicación compartida, ya que efectivamente hay un proyecto de ley que trata sobre «las personas con capacidad para menstruar», pero eso no implica un cambio en el término «mujer».

Fast Check CL es un medio que depende de sus suscriptores para financiar el equipo de trabajo. Sin ti este proyecto finalizará en 2025. Considera ser suscriptor por 1.500 pesos mensuales. Puedes cancelar cuando tu quieras.

Te puede interesar:

Servicio de Impuestos Internos se querella contra empresario Enzo Vecchiola: se acusa un perjuicio fiscal por más de $15 mil millones

Una acción judicial afecta a un integrante de la familia Vecchiola. La querella en contra de Enzo Vecchiola Morales, representante legal de Transportes y Grúas Vecchiola S.A., fue interpuesta por el Servicio de Impuestos Internos (SII), acusando “declaraciones maliciosamente falsas de Impuesto a las Ventas y Servicios”, lo que supuestamente significó un menor pago de impuesto al que correspondía.

Corporación de Educación y Salud de Las Condes se querella por fraude al fisco y negociación incompatible contra exfuncionarios y sus familiares

La entidad acusa que estos delitos habrían generado un impacto directo a las arcas municipales, estimando un perjuicio fiscal de $28 millones. Fast Check CL accedió a la causa penal que devela redes familiares, una relación sentimental y el salto de los controles internos dentro del organismo que provee los servicios de salud y educación en Las Condes.

“Trump prohíbe la residencia permanente para los inmigrantes que se casen con ciudadanos estadounidenses”: #Falso

En TikTok se viralizó que el presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, prohibió la residencia permanente a los inmigrantes que se casen con ciudadanos estadounidenses. Sin embargo, esto es #Falso. Tras revisar registros oficiales y las redes sociales de Donald Trump se corroboró que el mandatario no ha emitido ninguna orden ejecutiva que prohiba la residencia de inmigrantes. Además, el equipo de prensa de la Embajada de Estados Unidos en Chile lo desmintió.

Últimos chequeos:

“La ministra de Cultura firmó con su empresa Arredondo y Guzmán Limitada 8 contratos con municipios y gobiernos regionales; y al menos 4 convenios con municipios y el Senadis”: #Añejo

En redes sociales se viralizó que la ministra de las Culturas, Carolina Arredondo, habría firmado contratos con organismos públicos a través de una empresa y una fundación de la que era parte. Fast Check calificó esta información como #Añejo, ya que los contratos sí existieron, pero se celebraron entre 2019 y 2022, antes de que asumiera como ministra. Arredondo participó en convenios con entidades públicas a través de la empresa Arrendo y Guzmán Ltda. y la Fundación Cultural La Agencia. Sin embargo, según su Declaración de Intereses y Patrimonio, se desvinculó de ambas en 2023, y no figura en documentos posteriores.

“Trump prohíbe la residencia permanente para los inmigrantes que se casen con ciudadanos estadounidenses”: #Falso

En TikTok se viralizó que el presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, prohibió la residencia permanente a los inmigrantes que se casen con ciudadanos estadounidenses. Sin embargo, esto es #Falso. Tras revisar registros oficiales y las redes sociales de Donald Trump se corroboró que el mandatario no ha emitido ninguna orden ejecutiva que prohiba la residencia de inmigrantes. Además, el equipo de prensa de la Embajada de Estados Unidos en Chile lo desmintió.

“Presidente Trump firma orden ejecutiva para renombrar a Uruguay como República Argentina de Uruguay”: #Falso

En TikTok se viralizó la afirmación de que el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmó una orden ejecutiva para cambiar el nombre de Uruguay a República Argentina de Uruguay. Sin embargo, esto es #Falso. Revisamos las redes sociales del mandatario, las del gobierno uruguayo y las órdenes ejecutivas publicadas en el sitio web de la Casa Blanca, sin encontrar respaldo alguno para esta afirmación. Además, la Embajada de Uruguay en Chile desmintió la publicación.

Corporación de Educación y Salud de Las Condes se querella por fraude al fisco y negociación incompatible contra exfuncionarios y sus familiares

La entidad acusa que estos delitos habrían generado un impacto directo a las arcas municipales, estimando un perjuicio fiscal de $28 millones. Fast Check CL accedió a la causa penal que devela redes familiares, una relación sentimental y el salto de los controles internos dentro del organismo que provee los servicios de salud y educación en Las Condes.

Artículo 57 de la Constitución establece que los ministros de Estado deben renunciar a sus cargos un año antes de las elecciones para ser candidatos a presidente: #Falso

Se asegura en redes sociales que, para postular a la presidencia, los ministros de Estado deben renunciar a su cargo al menos un año antes de la fecha de las elecciones. Esto es #Falso, pues el artículo 57 de la Constitución Política establece que eso aplica para postular al Congreso, no a la presidencia. Además, dos abogados constitucionalistas lo corroboraron.