Desde que en la Convenci贸n Constitucional comenz贸 la aprobaci贸n de las normas que integrar谩n el borrador de la Constituci贸n, nos preguntan constantemente si es cierto o no lo que en redes sociales se dice sobre cada una de estas propuestas: si habr谩n sistemas de justicia paralelos; si se cambiaron los emblemas nacionales; si se aprob贸 el aborto hasta los nueve meses, etc. Finalmente, y con la mayor铆a de los art铆culos listos para ser 芦armonizados禄 en un texto final, Fast Check CL aclara las desinformaciones sobre la nueva Constituci贸n.
Por Maximiliano Echegoyen
El 4 de julio de 2021 se vivi贸 un nuevo hito pol铆tico en nuestro pa铆s, luego de que se diera por iniciada una Convenci贸n Constitucional, encargada de redactar una nueva propuesta de Carta Fundamental, de manera democr谩tica, paritaria y con participaci贸n de los pueblos originarios. Pero, desde sus inicios, la desinformaci贸n y los ataques al 贸rgano redactor y al texto en creaci贸n han sido una constante.
Actualmente, quedan solo dos meses para que este proceso finalice y, en esta recta final, no ha sido poca la desinformaci贸n que ha surgido espec铆ficamente de las normas aprobadas que ser谩n armonizadas para el borrador final.
驴Se cambi贸 la bandera, el himno nacional y el nombre del pa铆s? 驴Habr谩n sistemas de justicia paralelos? 驴Se elimin贸 el Estado de Emergencia? En este explicativo, Fast Check CL desmitifica algunos de estos rumores nacidos de las normas aprobadas, como tambi茅n aclaramos otros m谩s complejos.
1) “Se cambi贸 la bandera, el himno nacional y el nombre del pa铆s”: #Falso
Quiz谩s es una de las fake news que m谩s viralizaci贸n obtuvo, y es que fue transmitida en tres ocasiones distintas en la Franja Electoral Parlamentaria 2021 del partido Uni贸n Dem贸crata Independiente (UDI). La primera en esparcir este rumor fue la exsenadora Ena Von Baer, luego la candidata a diputada Mar铆a Ignacia Castro y, por 煤ltimo, fue dicha por la exsenadora Jacqueline Van Rysselberghe.
Pues bien, uno de los principales argumentos de aquel entonces era que el debate constitucional reci茅n estaba comenzando y que, hasta ese momento, no hab铆a ninguna propuesta que planteara cambiar los s铆mbolos patrios, el himno y el nombre del pa铆s.
驴Qu茅 dice el borrador ahora?
Zanjemos primero el nombre: las normas aprobadas reconocen que es ‘Chile’ el denominativo de nuestro territorio nacional. De hecho, se define a Chile como un 芦Estado Regional, plurinacional e intercultural conformado por entidades territoriales aut贸nomas, en un marco de equidad y solidaridad entre todas ellas, preservando la unidad e integridad del Estado禄.
En cuanto a los s铆mbolos patrios, qued贸 consagrado en el borrador que 芦son emblemas nacionales de Chile la bandera, el escudo y el himno nacional禄. Adem谩s, el Estado de Chile reconocer谩 los s铆mbolos y emblemas de los pueblos ind铆genas.
2) “Se elimin贸 el Estado de Emergencia de la Constituci贸n”: #Real
Varios lectores nos han pedido verificar un tuit del candidato presidencial Jos茅 Antonio Kast, en el que dice que la Convenci贸n opt贸 por 芦eliminar los Estados de Emergencia de la Constituci贸n禄.
Lo dicho por Kast es real. Pero primero, es necesario explicar qu茅 es lo que dice la Constituci贸n actual respecto a este tipo de estado de excepci贸n.
En la actual Constituci贸n (que puedes leer pinchando aqu铆), los Estados de Excepci贸n Constitucional limita los derechos y garant铆as que establece la Carta Magna vigente en ciertos casos excepcionales. Los tipos y casos para utilizar esta medida son:
- Estado de Asamblea: se aplica en caso de una guerra exterior.
- Estado de Sitio: se aplica en caso de una guerra al interior o en momentos de grave conmoci贸n p煤blica.
- Estado de Cat谩strofe: se aplica en caso de calamidad p煤blica. Este fue el tipo de estado de excepci贸n utilizado por el expresidente Sebasti谩n Pi帽era en la pandemia por el coronavirus.
- Estado de Emergencia: se aplica en caso de grave alteraci贸n al orden p煤blico y/o para la seguridad de la naci贸n. Este tipo de estado de excepci贸n fue aplicado por el expresidente Pi帽era al inicio del estallido social.
Ahora bien, lo que se aprob贸 en el pleno y que, por lo tanto, est谩 en el borrador constitucional, consagra los siguientes tipos y casos de Estados de Excepci贸n Constitucional:
- Estado de Asamblea: se aplica en caso de una guerra exterior.
- Estado de Sitio: se aplica en caso de conflicto armado interno.
- Estado de Cat谩strofe: se aplica en caso de calamidad p煤blica.
En cuanto al Estado de Emergencia, efectivamente este tipo de excepci贸n constitucional no qued贸 en el borrador de la Constituci贸n, por lo que es real que, en caso de aprobarse la nueva Carta Fundamental, el Estado de Emergencia ser铆a eliminado, al no existir.
3) “Se aprob贸 el aborto hasta los 9 meses de embarazo”: #Enga帽oso
El martes 15 de marzo, se aprob贸 en el pleno art铆culos referidos a los derechos sexuales y reproductivos, derivados directamente de la Iniciativa Popular de Norma 芦Ser谩 Ley禄. Las redes sociales estallaron, luego de que se comenzara a rumorear que se aprob贸 el aborto hasta los 9 meses de embarazo.
Sin embargo, calificamos el contenido en aquella ocasi贸n como enga帽oso. Para ello, en primer lugar aclaramos qu茅 significa, m茅dicamente, abortar. Dos m茅dicas -la convencional Natalia Henr铆quez y la matrona Daniela Vargas- le dijeron a Fast Check CL que, desde un punto de vista m茅dico, el aborto se entiende hasta la semana 22 de gestaci贸n. De hecho, as铆 tambi茅n lo define la Organizaci贸n Mundial de la Salud (ver aqu铆).
En cuanto a la interrupci贸n voluntaria del embarazo, tanto Henr铆quez como Vargas coinciden en que las legislaciones en otros pa铆ses permite el aborto hasta las 12 a 14 semanas de embarazo.
Pues bien 驴Qu茅 dice la norma aprobada?
Establece que todas las personas son titulares de sus derechos sexuales y reproductivos. A su vez, se consagr贸 que el Estado garantice una interrupci贸n voluntaria del embarazo, sin especificar en ninguna parte que ser谩 hasta los 9 meses. En cuanto a las semanas en las que se podr铆a interrumpir el embarazo, esto qued贸 en materia de legislaci贸n.
4) “Habr谩 sistemas de justicias paralelos” : #Real
El 3 de mayo, la cuenta de Instagram de la Convenci贸n Constitucional (@convencioncl) public贸 una infograf铆a en la que informaba que qued贸 consagrado que los pueblos ind铆genas 芦tienen sistemas jur铆dicos propios y estos coexistir谩n con el Sistema Nacional de Justicia禄. Luego de eso, en la misma publicaci贸n explicitaban que no son paralelos, lo que es falso.
- La publicaci贸n fue borrada de la red social despu茅s de que hicieron notar el error, pero a煤n est谩 disponible en un tuit de su cuenta oficial. De igual manera, la imagen que nos referimos es esta:
En el cap铆tulo sobre los Sistemas de Justicia, lo aprobado se refiere al pluralismo jur铆dico, cuya norma dice que el 芦Estado reconoce los sistemas jur铆dicos de los Pueblos Ind铆genas, los que en virtud de su derecho a la libre determinaci贸n coexisten coordinados en un plano de igualdad con el Sistema Nacional de Justicia禄. En otras palabras, son paralelos.
Ahora bien, la misma norma establece que es la ley la que determinar谩 las competencias, los mecanismos de coordinaci贸n y cooperaci贸n de los tribunales ind铆genas y los nacionales. Otro indicio de unificaci贸n jurisdiccional es que ambos sistemas de justicia 芦deber谩n respetar los derechos fundamentales que establece esta Constituci贸n禄, como la libertad de expresi贸n o el derecho a la propiedad.
Adem谩s, y si bien se consagr贸 el pluralismo jur铆dico, hay otra norma que consagra el principio de unidad jurisdiccional, es decir, que los tribunales de ambos sistemas est谩n sujetos 芦al mismo estatuto jur铆dico y principios禄. De hecho, hay un art铆culo en espec铆fico que trata sobre las impugnaciones contra los fallos de los tribunales ind铆genas, el cual deja a la Corte Suprema como la 煤ltima instancia de decisiones en cuanto a los conflictos jur铆dicos ind铆genas. Es decir, y al igual como sucede actualmente, la Corte Suprema tendr谩 la 煤ltima palabra.
Entonces, volviendo a la infograf铆a, es falsa la premisa de que no habr谩 sistemas de justicia paralelos, pues est谩 consagrado que tanto los tribunales ind铆genas como el Sistema Nacional de Justicia trabajar谩n coordinadamente. Lo que s铆, ambos tendr谩n el mismo piso, traducido en la unidad jurisdiccional y la Corte Suprema como 煤ltima instancia.
5) “Los trabajadores ya no ser谩n due帽os de sus ahorros previsionales”: #Inchequeable
El 31 de marzo, el convencional de derecha Bernardo Fontaine caus贸 revuelo en los medios de comunicaci贸n, en la opini贸n p煤blica y dentro de la Convenci贸n, luego de que apareciera en la portada de Las 脷ltimas Noticias con la frase: 芦Los trabajadores ya no ser谩n due帽os de sus ahorros previsionales禄.
Inmediatamente, en redes sociales convencionales de izquierda acusaron a Fontaine de decir fake news, pero… 驴Es as铆? Primero que todo, debemos contextualizar las razones de c贸mo lleg贸 este convencional a ser portada de un peri贸dico.
Todo comenz贸 un d铆a antes, cuando en la comisi贸n de Derechos Fundamentales se deb铆a deliberar sobre el sistema de seguridad social. En la ocasi贸n, se rechaz贸 la Iniciativa Popular de Norma (IPN) que m谩s firmas hab铆a conseguido: Con mi plata no.
- Dicha propuesta establec铆a que el 芦Estado deber谩 tutelar preferentemente el derecho a la seguridad social禄. Para ello, la legislaci贸n deb铆a asegurar el acceso a una pensi贸n b谩sica universal a cierta edad, que se financiar铆a a trav茅s de impuestos generales. La norma garantizaba que a esta pensi贸n b谩sica universal se sumar铆a las pensiones individuales que provienen de los cotizantes. Estas cotizaciones estar铆an en una cuenta individual de capitalizaci贸n y tendr铆an el car谩cter de 芦heredables, inalienables, imprescriptibles, inembargables, inexpropiables, y no podr谩n ser objeto de nacionalizaci贸n o estatizaci贸n bajo ninguna circunstancia禄.
Por otra parte, la comisi贸n decidi贸 aprobar la Iniciativa Popular de Norma de la coordinadora No + AFP: El derecho a la seguridad social. Esta busca un sistema social de derecho que garantice un sistema de seguridad social universal y solidario, cuya gesti贸n y administraci贸n recaer谩 en entidades p煤blicas 芦cuyo directorio estar谩 integrado por representantes del Estado, los empresarios y los trabajadores禄.
- Pero, esta IPN no fue aprobada en su totalidad, pues efectivamente se rechaz贸 una norma transitoria que literalmente propon铆a que, dentro de un a帽o aprobada la nueva Constituci贸n, una entidad estatal -nombrada Instituto de Previsi贸n Social- ser铆a la que tuviera el derecho de recaudar y gestionar los pagos de las pensiones.
驴Y qu茅 qued贸 en el borrador finalmente?
En el borrador del proyecto constitucional, se dice que la Constituci贸n garantiza a las personas el derecho a la seguridad social. Para ello, la ley crear谩 un Sistema de Seguridad Social p煤blico, encargada de 芦otorgar protecci贸n禄 en caso que la persona tenga 芦enfermedad, vejez, discapacidad, supervivencia, maternidad y paternidad, desempleo, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales禄.
Para ello, se establece que ser谩 el Estado quien le corresponder谩 definir la pol铆tica de seguridad social, que se financiar谩 a trav茅s de los trabajadores y los empleadores -por medio de cotizaciones obligatorias- y la naci贸n.
Entonces, 驴es posible concluir si los trabajadores ya no ser谩n due帽os de sus fondos previsionales? La verdad es que es imposible realizar un fact checking a esto, dado que todas las acciones que se utilizan para explicar el futuro de las pensiones est谩n, efectivamente, verbalizadas en futuro.
- Como puedes ver en nuestra metodolog铆a sobre qu茅 es lo que no podemos verificar, est谩n las declaraciones que est茅n planteadas hacia el futuro y es por una raz贸n muy simple: el fact checking se dedica a corroborar hechos, es decir, acontecimientos o acciones que ya sucedieron. 驴C贸mo verificar algo que a煤n no sucede?
Aclaraci贸n: Este explicativo se hizo con el consolidado de normas aprobadas por el pleno hasta el 9 de mayo 2022 (ver documento aqu铆). Las normas utilizadas no han sido sometidas a la comisi贸n de Armonizaci贸n, instancia donde pueden cambiar la forma de los art铆culos, pero en ning煤n caso su fondo.