En un principio, la comisión de Armonización era la única que funcionaría en la recta final de la constituyente. A este escenario, que comienza el 17 de mayo, se suman las nuevas comisiones de Preámbulo y de Normas Transitorias. ¿Cuál es el rol de cada una? ¿Cuántos convencionales la integrarán? En esta nota Fast Check CL te explica todo eso y más.
Por Maximiliano Echegoyen
El 4 de julio del 2021 comenzó un nuevo hito para Chile: se inició un proceso constituyente encomendado por la ciudadanía, para redactar una nueva Carta Fundamental que responda a las demandas del estallido social. Y si bien el transcurso de la Convención no ha sido fácil el órgano constituyente ya está entrando en su recta final.
Al momento de redactar esta nota, la Convención ya ha aprobado más de 300 artículos que están en el borrador de la nueva Constitución, pero estos deben tener una congruencia entre sí. Además, en caso de aprobarse la nueva Carta Magna, habría que evaluar los métodos de cómo implementar las normas que provocan profundos cambios en la institucionalidad vigente, como la eliminación del Senado.
¿Cómo se hará todo esto? Pues, la Constituyente en su reglamento le sumó a la comisión de Armonización dos comisiones más: la de Preámbulo y la de Normas Transitorias. ¿Para qué sirven? ¿Cuántos convencionales la integrarán? En este explicativo, Fast Check CL responde estas dudas sobre el proceso constitucional, que termina su labor el próximo 4 de julio y le entregará la propuesta de Constitución al Presidente de la República, Gabriel Boric.
El inicio: la comisión de Preámbulo
En un inicio, la actual comisión de Principios Constitucionales -la misma que definió en el borrador que Chile sería un Estado social y democrático de derecho- era la encargada de escribir un preámbulo a la nueva Constitución. Pero, ahora habrá una instancia enfocada específicamente para esto.
Consultada para este explicativo, la presidenta de la Convención, María Elisa Quinteros aclara que la creación de esta comisión fue necesaria para cumplir con los plazos y el cronograma de las siete comisiones actuales. Además, agrega que «la confección de este texto (el preámbulo) requiere realizarse una vez que el proyecto de Constitución ya sea conocido, es decir, una vez cerrado el debate».
La comisión de Preámbulo será la encargada de redactar un texto que sirva como prefacio o introducción al cuerpo de la propuesta de Constitución. Esta será integrada por máximo quince convencionales, de los cuales uno debe corresponder a escaños reservados. Además, a lo menos, debe haber un convencional de cada comisión temática.
Al igual que Armonización, la comisión de Preámbulo comenzará a sesionar el 17 de mayo y tendrá dos semanas como plazo para presentar un informe que será sometido a votación por el Pleno de la Convención.
La coherencia: comisión de Armonización
A diferencia de las nuevas instancias de Preámbulo y Normas Transitorias, la comisión de Armonización ya estaba establecida desde un inicio. El 23 de marzo pasado, en un punto de prensa, el vicepresidente de la Convención, Gaspar Domínguez, explicó en simple que esta instancia «juntará los artículos, los ordenará y los escribirá bonito».
Pues bien, en realidad la comisión de Armonización podrá configurar las inconsistencias que haya entre artículos, pero solamente en forma, no en su fondo. Por ejemplo, si la forma en que está escrito el artículo que propone el bicameralismo asimétrico incide con otro, puede ser modificado, pero en ningún caso eliminaría el fondo de la norma, que es el reemplazo del Senado por la Cámara de las Regiones.
Según el reglamento, las principales funciones de esta comisión, serán:
- velar por la concordancia y coherencia de las normas constitucionales aprobadas por el Pleno;
- proponer en sus informes las incongruencias entre las normas e incluir una propuesta para corregir esto;
- revisar deficiencias en técnica legislativa, omisiones y contradicciones de sintaxis, correcciones gramaticales, ortográficas y de estilo;
- y sugerir al Pleno el orden de las normas constitucionales, las estructuras de los capítulos y secciones del proyecto constitucional.
Fast Check CL le consultó a María Elisa Quinteros sobre la posibilidad de que se reduzca el número de artículos, afirmando que tiene esta capacidad «en la medida que una de las funciones de esta comisión es elaborar un informe con propuestas, para salvar posibles incongruencias en las normas constitucionales aprobadas y proponer una estructura de la Constitución».
La presidenta Quinteros agrega que Armonización «puede hacer recomendaciones ante deficiencias detectadas o ante normas similares, puede sugerir al Pleno cómo abordar aquello. En todo caso, estas sugerencias deben ser votadas y aprobadas por el Pleno, que tiene la última palabra».
Dicho de otro modo, la instancia podrá en su informe presentar las alertas y consideraciones, pero serán los 154 convencionales quienes decidirán si aceptarlas o no. La comisión será integrada por 40 convencionales, de los cuales siete corresponderán a escaños reservados.
La aplicación: la comisión de Normas Transitorias
La idea original era que la comisión de Armonización sea la instancia encargada de proponer la aplicación de las disposiciones transitorias. Pero finalmente se decidió crear una instancia en específico para esto, que definida por María Elisa Quinteros, «tiene por finalidad facilitar el tránsito de la Constitución vigente a la nueva, por lo que regula cómo se implementará en términos temporales algunas de las normas del proyecto de Constitución».
La presidenta del órgano constituyente destaca también que los artículos transitorios «son necesarios para que la legislación actual sea concordante con lo que planteará la Nueva Constitución». Esta comisión la integrarán 33 convencionales, donde al menos cuatro serán escaños reservados.
El funcionamiento de la instancia será la siguiente: las siete comisiones temáticas existentes propondrán las disposiciones transitorias a los temas que lo requieran en un informe; también puede proponer normas transitorias el Pleno. Estas ingresarán a la comisión, serán ordenadas y sistematizadas. Los miembros de la comisión podrán presentar indicaciones y deliberar las normas transitorias propuestas, pero en ningún caso podrán plantear nuevas normas.
Luego, será enviado un informe al Hemiciclo donde se decidirá cuáles normas serán incluidas en el proyecto constitucional: si alcanzan el quorum de 2/3, las disposiciones transitorias serán enviadas a Armonización para incluirlos en el proceso de esa comisión; en caso de no alcanzar el quorum, podrán ser replanteadas una vez más en Normas Transitorias.
La recta final
Como quedó explicado, estas tres comisiones deben entregar informes al Pleno en la que recomiendan o replantean las normas ya aprobadas. Tanto la comisión de Armonización como la de Preámbulo comenzarán a sesionar a la par, es decir, a partir del 17 de mayo.
Por su parte, la instancia de Normas Transitorias aún no tiene una fecha establecida, pero será la Mesa Directiva la que citará a un Pleno especial de deliberación. Según la presidenta del órgano constituyente, «dicho informe será sometido a una única votación en general ante el Pleno de todas las propuestas de normas contenidas en el informe, no procediendo las solicitudes de votación separada. Para la votación en particular en el Pleno, se siguen las reglas generales».
Estas tres comisiones ya tienen a sus miembros confirmados y ratificados por la Mesa Directiva pero, como aún no se han completado todos los cupos, la Mesa realizó un segundo llamado para integrar las comisiones. Si quieres saber los nombres de los convencionales confirmados hasta ahora, revisa el siguiente listado: