En distintas redes sociales se ha compartido que la Convención Constitucional aprobó en el Pleno el aborto hasta los 9 meses y sin causales. Pero, Fast Check CL calificó este contenido como engañoso, ya que si bien la Convención aprobó el derecho a la interrupción del embarazo, en ningún momento plantea que será hasta los 9 meses. De hecho, los expertos aseguran que solo se habla de aborto hasta las 22 semanas de gestación.
Si tienes poco tiempo:
- En distintas publicaciones de redes sociales se ha afirmado que la Convención Constitucional aprobó en el Pleno el aborto hasta los 9 meses y sin causales.
- El Artículo 16 respecto a derechos sexuales y reproductivos que se aprobó en el Pleno explicita que el Estado deberá asegurar «a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos».
- Sin embargo, en ningún momento se explicita que será hasta los 9 meses. Además, de acuerdo a expertos se habla de aborto hasta las 22 semanas.
- Además, distintos constituyentes aseguraron que el legislador debía regular los límites de estos derechos que habían aprobado.
Por Isidora Osorio
En distintas publicaciones de redes sociales (1,2,3,4,5,6,7,8,9,10) se está compartiendo que la Convención Constitucional aprobó el aborto hasta los 9 meses de embarazo y sin causales. «Aprobado el aborto hasta los 9 meses y sin causales en la nueva Constitución», aseguró la cuenta de APRA en Instagram.
De igual manera, una publicación de Facebook explicita: «”ABORTO LIBRE HASTA EL DÍA ANTES DEL PARTO” es la aberración que acaba de aprobar el Pleno de la Convención Constitucional».
Sin embargo, todo el contenido compartido es engañoso, pues si bien el Pleno de la Convención Constitucional aprobó el derecho a la interrupción del embarazo, en ningún momento se menciona que esto sea hasta los 9 meses. De hecho, se le llama aborto solo hasta las 22 semanas de gestación.
¿Qué aprobó el Pleno?
Este martes 15 de marzo el Pleno de la Convención Constitucional aprobó el artículo 16 relativo a los derechos sexuales y reproductivos, donde se menciona que el Estado deberá asegurar las condiciones para una interrupción voluntaria del embarazo.
«El Estado garantiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, salud, y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos», se explicita en el artículo.
Pero, en este no se especifica nada respecto a que la interrupción del embarazo se podrá realizar hasta el noveno mes ni tampoco se dice que el aborto será libre hasta el día antes del parto, como se plantea en muchas de las publicaciones.
De hecho, César Valenzuela, coordinador de la comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional, aseguró a Fast Check CL que lo compartido en redes sociales «es solo desinformación, se ha señalado, como no establece la norma aprobada un límite expreso ni una referencia legisladora, que esto podría ser interpretado como que no existen límites. Pero, este derecho aprobado ayer, al igual que todos los derechos fundamentales, son susceptibles de ser regulados, limitados, restringidos por el regulador, por lo tanto, es el legislador el que va a tener que delimitar el contorno de este derecho, al igual que con todos los demás derechos fundamentales».
Lo mismo planteó la convencional Tammy Pustilnick, también parte de la comisión de Derechos Fundamentales, quien recalcó que «ninguno es un derecho absoluto, y por supuesto que le compete al legislador regularlo». Esto quiere decir, que una ley es la que tiene que fijar los límites de este derecho, entre ellas, las semanas de gestación.
Coincide con esto la abogada Laura Albornoz, ex Ministra de Estado del Servicio Nacional de la Mujer, doctora en Derecho y académica de la Universidad de Chile, quien explicó que la Convención Constitucional «por regla general consagra derechos generales, de eso de trata una constitución, no entra en detalles con lo referido a plazos, solo lo hace en materia de gobierno para señalar cuánto dura el periodo presidencial o el parlamento. Entonces, como te digo, esas no son materias de la constitución sino que deben ser abordadas por una ley específica».
¿Se puede hacer un aborto a los 9 meses?
Desde el punto de vista médico, Fast Check CL conversó con expertas para ver si realmente es posible que una persona se realice un aborto a los 9 meses de gestación, pudiendo comprobar que no se puede, ya que se habla de aborto hasta las 22 semanas.
La convencional Natalia Henríquez, quien además de ser parte de la comisión de derechos fundamentales es médico internista, aseguró a este medio que «la legislación comparada muestra que el aborto en términos de interrupción voluntaria del embarazo fluctúa entre 12 a 14 semanas. Además, desde el punto de vista médico, aborto se entiende hasta la semana 22 luego es un parto prematuro, cualquier mención a “abortos” de 8 o 9 meses es una falsedad con intención o por ignorancia».
Daniela Vargas, matrona salubrista, coincide con esto al afirmar que «la definición de aborto es hasta las 21 más seis semanas de embarazo, de ahí para arriba se considera parto prematuro, por lo tanto, si estamos hablando de aborto siempre debería realizarse antes de esa edad gestacional (22 semanas). Ahora bien, la mayoría de los lugares donde está aprobada la ley de aborto es hasta las 14 semanas porque después de ese periodo se empieza a producir el desarrollo neurológico del feto, por lo tanto, se sabe que experimenta dolor y otras sensaciones asociadas a su desarrollo neurológico».
Coincide con esto la Organización Mundial de la Salud (OMS), la cual define aborto como: «Interrupción del embarazo sea espontánea o inducida antes de las 22 semanas o 500 gramos de peso fetal».
Conclusión
Fast Check CL calificó como engañoso el contenido compartido, ya que si bien la Convención Constitucional aprobó la interrupción del embarazo, por medio del artículo 16 relacionado con los derechos sexuales y reproductivos, en ninguna parte se explicita que esto se podrá hacer hasta los 9 meses. De hecho, los convencionales explicaron que los límites los debían fijar los legisladores. Además, se habla de aborto solo hasta las 22 semanas de gestación.