El jueves 30 de diciembre se dio a conocer que el ex ministro de Hacienda de la dictadura de Pinochet, Hernán Büchi, fue acusado —junto a otras empresas— por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) de ejercer interlocking horizontal. En este explicativo, Fast Check CL entrega todas las claves para entender de qué se trata esta figura, y el entramado que iría presuntamente en contra de la libre competencia y podría significar multas millonarias para todos los involucrados.
Por Elías Miranda
En víspera de año nuevo, una noticia remeció los directorios empresariales y bancarios del país. La Fiscalía Nacional Económica (FNE), en un hecho inédito, decidió presentar un requerimiento en contra del ex Ministro de Hacienda de Augusto Pinochet, Hernán Büchi por, específicamente, Interlocking horitonzal.
Lo anterior también incluye a Falebella, Banco de Chile y Consorcio, quienes habrían sido partícipes de esta práctica anticompetitiva, de acuerdo al documento presentado por la FNE ante el Tribunal de Defensa Libre Competencia (TDLC), que en definitiva es el encargado de dictar las multas correspondientes.
Sin embargo, ¿qué significa Interlocking horitonzal?, ¿cuántos tipos de interlocking existe? ¿cómo habría actuado Büchi y compañía? En este explicativo, Fast Check CL aclara todas las dudas e interrogantes respecto a este caso que vuelve a poner el foco en la libre competencia.
¿Qué es el Interlocking?
Se denomina Interlocking a la participación simultánea de un mismo director o ejecutivo relevante en dos o más empresas competidoras. Lo anterior se encuentra expresamente prohibido por el artículo 3 letra d) del DL 211.
¿Cuántos tipos de interlocking existen?
Dependiendo de si afecta a empresas que son competidores directos o empresas que tienen una relación comprador-vendedor, puede ser horizontal o vertical (1):
- Interlocking horizontal directo: El interlocking horizontal directo es cuando una misma persona es miembro del directorio de dos o más empresas competidoras entre sí. Bajo esta figura se acusa a Büchi y las otras empresas.
- Interlocking vertical: Entre un productor y su distribuidor
- Interlocking indirecto: Cuando dos miembros del directorio de empresas competidoras participan conjuntamente en el directorio de una tercera empresa que no compite con las primeras.
- Interlocking de conglomerado: Esto ocurriría entre empresas que no operan en el mismo mercado.
Regulación:
Hay que destacar que esto no es una práctica totalmente regulada a nivel internacional. Si bien en países como Estados Unidos, Chile y Colombia es reconocida su nortmativa, la Unión Europea no regula de manera expresa el interlocking entre empresas competidoras (2).
Presuntos implicados
En un informe de 27 páginas, la FNE, mediante el fiscal subrogante, Felipe Cerda, especifica los cuatros presuntos involucrados en esta práctica: Hernán Büchi, Falabella, Consorcio y Banco de Chile, por haber “infringido el artículo 3° incisos primero y segundo letra d) del DL 211, desde febrero de 2017 a la actualidad”.
- El texto de la investigación se inició el 19 de marzo de 2019 y solicita aplicar sanciones económicas.
Hernán Büchi, el hombre de los directorios
Hernán Alberto Büchi Buc se graduó como ingeniero en minas por la Universidad de Chile, siendo integrante de diversos directorios de empresas estatales —varias de ellas privatizadas— durante la dictadura de Augusto Pinochet. También fue ministro de Hacienda entre 1985 y 1989, y candidato presidencial en la elección que tuvo como ganador a Patricio Aylwin con el 55% de las preferencias (3).
Se le conoce además por ser uno de los fundadores del think thank Libertad y Desarrollo y el diario electónico El Líbero.
La FNE le imputa a Büchi haber “sido director y/o ejecutivo relevante de Banco de Chile, Consorcio Financiero y Falabella, empresas que compiten entre sí en la oferta de productos y servicios bancarios y de seguros (en el caso de Banco de Chile, Consorcio y Falabella) y en la oferta de servicio de intermediación de valores (en el caso de Banco de Chile y Consorcio)”.
Además, el documento solicita al TDLC el cese de la participación de Büchi en estas empresas “y que adopte todas las medidas necesarias para evitar cualquier uso de la información sensible”.
Cabe destacar que la participación del ex ministro de Hacienda en estos directorios se inició con anterioridad a la entrada en vigencia de la prohibición (2017).
Banco de Chile
Según la recopilación del ente investigativo, Büchi se desempeñó como “ejecutivo relevante de Banco de Chile, ejerciendo el cargo de asesor del directorio”. Esto habría sido desde el marzo de 2008 hasta agosto de 2019, siendo renovado el 26 de marzo de 2020 y ocupando el referido cargo hasta la actualidad.
Consorcio
Por su parte, la investigación concluyó que dicha entidad designó “al señor Büchi el 11 de junio de 2016, el 25 abril de 2017, el 24 de abril de 2018, y el 27 de abril de 2021”, ejerciendo el cargo hasta la actualidad.
Falabella
En este caso, de acuerdo a la versión de la FNE, “la junta de accionistas de Falabella ha designado como director al señor Büchi el 29 de abril de 2014, el 25 abril de 2017 y el 28 de abril de 2020, ejerciendo el referido cargo ininterrumpidamente hasta la actualidad”.
¿Cuánto dinero pide la FNE en multas?
Las multas requeridas por la Fiscalía ante el TDLC son las siguientes:
Para el caso de Büchi se solicitó una multa de $357 millones (550 Unidades Tributarias Anuales, UTA). Mientras que a las instituciones referidas como el Banco de Chile se pide aplicar una de $2.899 millones (4.460 UTA); a Consorcio Financiero una de $2.678 millones (4.120 UTA) y a Falabella una de $ 2.632 millones (4.050 UTA).
Mercados afectados
Según señala el documento presentado ante el Tribunal, cuatro mercados podrían haberse visto afectados por la práctica de interlocking horizontal que se le imputa a los requeridos: productos y servicios bancarios, prestación de valores, emisión de seguros de vida y desgravamen e intermediación de seguros.
Adicionalmente, el martes 4 de enero la FNE salió otra vez al pasó y presentó un nuevo requerimiento por interlocking horizontal, en esta oportunidad, en contra de Juan Hurtado Vicuña, Consocio Financiero y Larraín Vial.
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia tiene la última palabra.
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