Cuánto reciben los candidatos por voto: 3 claves para entender la Ley De Transparencia, Límite y Control de Gasto Electoral

Durante la última semana de agosto, días después de que se cumpliera el plazo legal para la inscripción de candidaturas presidenciales, distintos usuarios en Twitter comenzaron a publicar que ser candidato presidencial era un negocio porque les pagaban por votos obtenidos. Por eso Fast Check CL te entrega 3 claves para entender la Ley 19.884, encargada de regular el reembolso por concepto de voto a las distintas candidaturas.
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Durante la última semana de agosto, días después de que se cumpliera el plazo legal para la inscripción de candidaturas presidenciales, distintos usuarios en Twitter comenzaron a publicar que ser candidato presidencial era un negocio porque les pagaban por votos obtenidos. Por eso Fast Check CL te entrega 3 claves para entender la Ley 19.884, encargada de regular el reembolso por concepto de voto a las distintas candidaturas.


Por Fast Check CL

Días después de que se cumpliera el plazo legal para la inscripción de candidaturas presidenciales, distintos usuarios comenzaron a publicar el supuesto “negocio” que había detrás de las inscripciones: el pago por voto. Por ejemplo la cuenta de Twitter @MRodriguez2702 (Manuel Rodríguez) aseguró que «el gran negocio de ser candidato presidencial.

Se paga $1.450 pesos por voto a cada candidato. Aunque pierda, si tienes solo 100 mil votos, recibes $145 millones de pesos. Dividido en 24 meses son $6 millones mensuales».

Lo cierto es que el Servicio Electoral de Chile (Servel) no habla de pagos, sino de reembolsos, que, por citar algunos ejemplos, no es universal y además varía entre hombres y mujeres. Por ende, aquí yace una de las principales diferencias entre lo que viralizado y cómo funciona en verdad esta ley.

Con el propósito de aclarar las dudas en torno al reembolso de dinero por voto obtenido, Fast Check CL entrega tres claves para entender la Ley 19.884, promulgada en abril de 2017, que dice relación con la transparencia, límite y control de gasto electoral.

1.- No es pago, es reembolso

Como mencionamos anteriormente, la Ley 19.884, encargada de regular la transparencia electoral, no habla de pago, sino de reembolso.

No es un pago, pues no todas las candidaturas reciben el reembolso. El solo hecho de aparecer en la papeleta no es sinónimo de cobrar un «pago», como algunas publicaciones han hecho ver en redes sociales. El reembolso, más bien dice relación con los gastos «pendientes de pago». Es decir, si la candidatura debió recurrir a un crédito o dejó «montos pendientes de pago», el Estado devuelve dinero, es decir reembolsa.

Para aplicar el reembolso, las candidaturas deben presentar al Servel documentos como boletas de honorarios o facturas pendientes de pago. En ese caso aplicaría el reembolso, autorizado por el Servel y efectuado por el Fisco. En caso contrario, el Servel no autorizará la petición, y por lo tanto, el reembolso no se efectuará.

En un tuit, Patricio Santamaría, consejero del Consejo Directivo del Servel, aseguró que el reembolso tendría que ver con «los votos obtenidos y los gastos electorales pendientes de pago. De tal manera que si no hay gastos pendientes, no hay reembolso”.

Tuit de Patricio Santamaría, consejero del Consejo Directivo del Servel.

Entonces, es necesario dejar en claro que el reembolso por concepto de voto no aplica para todas las candidaturas. Solo es válido para aquellos candidatos y candidatas que no alcanzaron a cubrir sus gastos de campaña con aportes privados y, por esa razón, tuvieron que solicitar un crédito a una institución bancaria o dejar montos “pendientes de pago”. Por eso el Servel no habla de “pago”, sino de reembolso.

2.- El reembolso se mide en UF, no en pesos chilenos

Según la legislación, el reembolso es efectuado por el Servel en UF, no en pesos chilenos, lo que quiere decir, que el monto total del reembolso se ajustará mes a mes, dependiendo de la inflación, por lo tanto, varía.

En la actualidad, el reembolso para los candidatos es de 0,04 UF ($1.198 pesos) por voto obtenido. Mientras que para las candidatas (mujeres) es de 0,05 UF ($1.497 pesos) por voto obtenido, de acuerdo a la Ley 19.884, que indica que desde la elección parlamentaria de 2017 que las candidatas “tendrán derecho a un reembolso adicional de sus gastos electorales, de cargo fiscal, de 0,0100 unidades de fomento por cada voto obtenido”.

Captura de pantalla del art. primero y segundo de la Ley 19.884. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile (BCN).

El monto adicional que el Servel entrega a las candidatas tiene por objetivo potenciar la participación de mujeres en política.

3.- La fórmula para calcular el reembolso

            Según el Manual sobre financiamiento y gasto electoral del Servel, el reembolso se calcula multiplicando las UF, su equivalente en pesos chilenos y el número de votos obtenidos por los candidatos.

Según el Manual sobre Financiamiento y Gasto Electoral del Servel para calcular el reembolso de los candidatos, se debe utilizar la siguiente fórmula: 0,04 x $28.708,86 x N° Votos obtenido.

Captura de pantalla del Manual sobre Financiamiento y Gasto Electoral del Servel (candidatos).

En cambio, para las candidatas, la fórmula sería la misma pero modificando la cantidad de UF, que desde abril de 2017 es de 0,05 UF.

Captura de pantalla del Manual sobre Financiamiento y Gasto Electoral del Servel (candidatas).

Los partidos políticos también reciben el reembolso

Es importante destacar que no solo las y los candidatos reciben el reembolso del Servel. Los partidos políticos también lo reciben.

En su caso, el cálculo es el siguiente: 0,015 UF (alrededor de $395 pesos) multiplicado por la cantidad de votos obtenidos y por la transformación de UF a pesos chilenos, de acuerdo a lo indicado en el Manual de Gasto Electoral del Servel.

Captura de pantalla del Manual sobre Financiamiento y Gasto Electoral del Servel (partidos políticos).

Sumado al reembolso de 0,015 UF, los partidos políticos tendrán derecho a 500 UF extras (equivalente a $13 millones de pesos) por cada candidata parlamentaria (sea diputada o senadora) que haya resultado electa y debidamente proclamada por el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel).

El reembolso extra de 500 UF opera desde las elecciones parlamentarias de 2017, y tiene como principal objetivo fomentar la participación de mujeres en política. “Con cargo a dichos recursos, los partidos políticos podrán implementar programas y desarrollar actividades de fomento a la inclusión y participación de las mujeres en política”, dice el Manual de Gasto Electoral del Servel.

Recapitulando

El Servel no “paga” a candidatos y candidatas presidenciales por voto obtenido. Lo cierto es que reembolsa el dinero solo cuando las candidaturas solicitan un crédito o dejan montos pendientes de pago.

El reembolso varía, siendo de 0,04 UF para los candidatos y 0,05 UF para las candidatas. Además de eso, los partidos políticos reciben un reembolso extra de 500 UF por cada candidata parlamentaria (sea diputada o senadora) electa.

Entonces, el reembolso varía por la cantidad de votos obtenidos, el ajuste de la UF en peso chileno y también por la participación de mujeres en política.

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