El diario El Mercurio publicó el pasado 18 de abril una nota en la cual tituló que la «Propuesta del Consejo para la Transparencia establece que sesiones de la Convención pueden ser reservadas» haciendo referencia a las sugerencias que desarrolló en un informe el Consejo para la Transparencia (CPLT) sobre el proceso constituyente que se llevará a cabo para la redacción de una nueva Constitución. El documento elaborado por el CPLT aborda principalmente temas de lobby, probidad pública y «propuestas o caminos posibles para asegurar altos estándares de transparencia acceso a la información pública y probidad». Sin embargo es la propia Convención Constituyente la que redactará su reglamento y podrá decidir o no incorporar las sugerencias elaboradas por el CPLT.
Si tienes poco tiempo:
- El pasado 18 de abril, el diario El Mercurio publicó una nota acerca de un documento elaborado por el Consejo para la Transparencia en el cual realiza propuestas sobre la transparencia y probidad del proceso constituyente.
- El titular de esta nota fue «Propuesta del Consejo para la Transparencia establece que sesiones de la Convención pueden ser reservadas» lo que generó que la presidenta del Consejo para la Transparencia, Gloria de la Fuente, aclarara el enunciado en su cuenta de Twitter y expresó que el titular «induce una falsa percepción sobre la posición del Consejo».
- Fast Check CL conversó con Gloria de la Fuente y accedió al resumen de propuestas, disponible en la página web del Consejo para la Transparencia, conociendo así la totalidad de sugerencias sobre probidad pública, lobby, transparencia y acceso a la información pública. Propuestas que pueden o no ser consideradas por la Convención Constituyente.
- La elección del titular es una expresión de desinformación «Conexión Falsa», en el que el titular no se corresponde con el contenido de la publicación, ya que la información presentada en el informe alude a que la sugerencia del CPLT es que las reuniones de la Convención sean publicitadas y no reservadas.
- Es decir, usaron una parte verdadera del contenido del informe para hacerlo primar y llevar a falsas conclusiones, como por ejemplo que, en redes sociales, se dijera que el Consejo Para La Transparencia y los organismos de la sociedad civil recomendaran que las reuniones de la Convención fueran secretas y no públicas. La confusión, a raíz del titular, incluso hizo caer al posible candidato presidencial del Partido Comunista, Daniel Jadue.
- Cabe destacar que son los propios miembros de la Convención Constitucional los que redactarán su reglamento, por el cual se regirán una vez que inicie el funcionamiento de este organismo.
Por Camila Toloza
El pasado domingo 18 de abril, el diario El Mercurio publicó una nota titulada: «Propuesta del Consejo para la Transparencia establece que sesiones de la Convención pueden ser reservadas». Aludiendo al documento elaborado por el Consejo para la Transparencia (CPLT) en el cual aborda propuestas sobre transparencia y probidad para el proceso constituyente.
A partir de esta publicación realizada por el medio de comunicación nacional, la presidenta del CPLT, Gloria De la Fuente, aclaró en su cuenta de Twitter que el titular «induce a falsa percepción sobre la posición Consejo» y agregó que la entidad promueve la máxima transparencia en la elaboración de la Convención Constitucional y que de haber espacios de reserva serán las y los constituyentes quienes lo decidan.
Acerca del noticia de El Mercurio
El Mercurio abordó en la sección de política del día domingo 18 de abril, el conjunto de propuestas sobre transparencia y probidad, que desarrolló el CPLT, de cara al proceso constituyente, en el que las y los candidatos electos el próximo 15 y 16 de mayo, serán los encargados de redactar la nueva Constitución.
El diario señaló que en el apartado sobre acceso a la información se propone «la creación de un procedimiento que permita garantizar que cualquier persona tenga posibilidad de solicitar el acceso a la información en poder de la Convención Constituyente» manteniendo así la transparencia y legitimidad del proceso.
Sin embargo, el titular de la publicación dice «Propuesta del Consejo para la Transparencia establece que sesiones de la Convención pueden ser reservadas» generando una ola de comentarios en usuarios de redes sociales, lo que provocó que la presidenta del CPLT, Gloria De la Fuente, desmintiera el enunciado a través de su cuenta de Twitter, catalogándolo como algo que «induce a falsa percepción sobre la posición del Consejo».
Propuestas del Consejo para la Transparencia
Mediante la página web del Consejo para la Transparencia se obtuvo el resumen de las propuestas del CPLT acerca de la transparencia y probidad durante el proceso constituyente. Este informe se divide principalmente en dos temáticas:
- la primera parte y de acuerdo a la normativa vigente «se detallan normas eventualmente aplicables a las y los Convencionales Constituyentes, asociadas a obligaciones en materia de probidad pública y lobby».
- La segunda parte trata «propuestas o caminos posibles para asegurar altos estándares de transparencia, acceso a la información pública y probidad», esto con el objetivo de aportar con un debate acerca de las temáticas que se consideran claves para que los diversos hitos del proceso sean legítimos.
Fast Check CL analizó el resumen de propuestas presentado por el CPLT, siendo las principales sugerencias las siguientes:
- Sobre probidad, el Consejo sugiere «establecer un adecuado mecanismo de control del debido cumplimiento de la obligación de realizar adecuadamente la Declaración de Intereses y Patrimonio» y aplicar sanciones en caso de que no se cumpla la normativa. Además propone que se debería fiscalizar el «debido cumplimiento de las obligaciones de los Convencionales Constituyentes respecto a la constitución del mandato de administración y enajenación de activos, cuando corresponda».
- Sobre Lobby, señala que «por expresa disposición constitucional la Convención debiese constituir una Secretaría Técnica» proponen que los integrantes de la Secretaría Técnica también sean considerados como sujetos pasivos de la actividad de lobby, además de los asesores de los Convencionales Constituyentes.
- Sobre el derecho de acceso a la información, la sugerencia principal es que se cree un procedimiento que «permita garantizar que cualquier persona tenga posibilidad de solicitar el acceso a la información en poder de la Convención Constitucional». También plantea que se podría establecer un mecanismo de amparo del ejercicio del derecho, en caso de que se deniegue total o parcialmente el acceso a la información o cuando el solicitante no quede satisfecho con la información entregada.
- Sobre transparencia proactiva «se propone poner a disposición, de manera sistematizada y en un único lugar, toda información relevante asociada al desarrollo del proceso constituyente, como también los documentos e insumos que sean considerados durante la discusión del nuevo texto constitucional» sugiriendo a la vez que sea el mismo sitio web donde los Convencionales publiquen sus declaraciones y registros de audiencias de lobby.
- Sobre publicidad de sesiones de sala y comisiones, se presentan una serie de propuestas, como son la publicidad de las votaciones; creación de acta de todas las sesiones, tanto de comisión como de sala; invitación de expertos, técnicos o representantes de la ciudadanía a las sesiones de comisión; publicación del presupuesto aprobado para el funcionamiento de la Convención Constitucional, entre otras.
- Sobre publicidad de documentos elaborados por la Convención, proponen que cuando se de inicio al funcionamiento de la Convención, se disponga de un sitio web que «incluiría las minutas, informes, infografías, presentaciones, actas de las sesiones y todo otro informe o documentos elaborados por la respectiva Convención, desde el momento en que ésta se constituya» además sugieren que se disponga para los interesados información y material educativo, las grabaciones de los streaming de las sesiones y los borradores del nuevo texto constitucional, todo esto en un lenguaje claro e inclusivo.
Propuesta mencionada por El Mercurio
En la sección de «derecho de acceso a la información» se señalan las sugerencias de reservas, las cuales fueron tomadas por El Mercurio en la nota del 18 de abril. Las reservas propuestas abarcan dos áreas, el acceso a la información y las sesiones de las comisiones.
Titular con una excepción y no la norma general:
En específico, sobre las reservas, que aborda el titular de El Mercurio, el resumen de propuesta del CPLT expresa que «para que el ejercicio del derecho de acceso a la información sea más efectivo, se sugiere contemplar de manera expresa que la regla general sea la publicidad de todos los antecedentes que se encuentren en poder de la Convención, y sólo excepcionalmente declararse la reserva, de manera justificada, en casos previamente calificados y por las causales que expresamente se contemplen en el reglamento, de acuerdo con lo que defina para dichos efectos la propia Convención».
- En el caso de que los miembros de la Convención califiquen un tema como «reservado», el Consejo propone que este solo pueda ser declarado de manera temporal y mientras se produzca el proceso resolutivo, que pudiera verse afectado con al tener mayor publicidad.
- Por lo tanto, el titular de El Mercurio decide concentrarse en un detalle de la sugerencia del CPLT y no en la sugerencia de que la regla general sea la publicidad en las sesiones de la Convención Constitucional.
Reserva de sesiones de comisiones
Otro eje trata el tema de la publicidad, tanto de la sala general de la Convención Constitucional como de las sesiones de las comisiones, sugiriendo la posibilidad de permitir la asistencia de público a las sesiones de sala, así como también facilitar el acceso de modalidades de transmisión remota.
El informe de propuestas del CPLT, aborda que sólo excepcionalmente las sesiones de comisiones puedan ser declaradas como reservadas «por las causales que el propio reglamento establezca, y que sean expresamente detalladas. En tal caso, se recomienda que la reserva sea justificada».
A lo que se agrega la recomendación de realizar igualmente una publicación del acta con parte del contenido a tratar en la sesión y la justificación de la reserva, además de información sobre los participantes y la duración.
A lo anterior se añade que «en caso de declararse la reserva de una determinada sesión, su contenido íntegro pase a ser público una vez que el texto constitucional definitivo ya haya sido aprobado o, en su defecto, rechazado» la propuesta declarada por el CPLT hacia la Convención es que el reglamento que redacten no defina como una normal general el acceso a la reserva, sino que esta sea para sesiones específicas y debidamente justificadas.
Declaraciones del CPLT sobre el titular de El Mercurio
Fast Check CL se contactó con el Consejo para la Transparencia, habló con la presidenta Gloria de la Fuente González, quien expresó:
«En los 12 años de historia del Consejo, hemos abogado por la transparencia con casos emblemáticos como la derogación de la Ley Reservada del Cobre o el acceso a las Actas del Cosena. Desde que iniciamos el trabajo con miras al proceso constituyente, una elección que definirá las próximas décadas de nuestro país, el Consejo se ha pronunciado en favor de la transparencia y el acceso a la información como ejes rectores del proceso constituyente en todos sus hitos».
También, De la Fuente hizo un llamado a revisar las propuestas del Consejo, que están disponibles en la versión resumen en la página web del CPLT.
A su vez la presidenta del CPLT, comentó la situación en su cuenta de Twitter el mismo día de publicada la nota. En su red social expresó que el titular «induce a falsa percepción sobre la posición del Consejo para la Transparencia» agregando que «la legitimidad de la futura Constitución dependerá de que todo el proceso (sesiones, actas, documentos técnicos), así como los intereses y patrimonio de los constituyentes, puedan ser auditados por la ciudadanía». A la vez que esclareció que lo publicado por el CPLT son propuestas pero que es la propia Convención la que redacta su reglamento y de haber situaciones reservadas son los miembros redactores de la Constitución quienes lo deciden.
Conversatorio Ciudadano
En el Conversatorio Ciudadano: Transparencia, Sociedad Civil y Proceso Constituyente, llevado a cabo la mañana del 19 de abril, Gloria de la Fuente comentó que «nosotros llevamos meses como Consejo discutiendo una propuesta en materia de transparencia y probidad, pensando en la necesidad de fortalecer el proceso que estamos viviendo como país. Discutimos con expertos, actores de la sociedad civil».
Y añadió: «Nosotros lo que hemos planteado es en base a principios que tienen que ver con una norma que en el práctica pueda ayudar a que este proceso se haga de la mejor manera posible».
Este conversatorio contó también con la presencia de Paula Andrés, directora de comunidad Hogar de Cristo, Alejandra Larraín, presidenta de Consejos de la Sociedad Civil (Cosoc) y presidenta de la ONG Tribu y Alberto Precht, director ejecutivo de Chile Transparente.
En esta actividad enmarcada en el aniversario de la Ley de Transparencia, Alberto Precht, se refirió al titular de El Mercurio y dijo que «si uno lee las propuestas del CPLT, nunca se ha buscado el secreto en el proceso constituyente, sino por el contrario… ¿Puede el consejo para la transparencia ser órgano garante de este derecho para la constituyente? no, porque el CPLT no puede estar por sobre un órgano que es supra constitucional. Lo que sí puede orientar y apoyar». En definitiva el CPLT no tiene un rol asignado en la Convención, sino que a partir de su área de trabajo y desarrollo plantean una serie de propuestas que la Convención Constituyente puede o no recoger, a la hora de elaborar su propio reglamento.
Conclusión
Fast Check CL califica como engañoso el titular de El Mercurio, publicado en su edición del 18 de abril. Lo anterior, en base a las declaraciones del Consejo para la Transparencia junto con el análisis del resumen de propuestas de transparencia y probidad para el proceso constituyente.
La elección del titular es una expresión de desinformación «Conexión Falsa», en el que el titular no se corresponde con el contenido de la publicación, ya que la información presentada en el informe alude a que la sugerencia del CPLT es que las reuniones de la Convención sean publicitadas y no reservadas. Es decir, usaron una parte verdadera del contenido del informe para hacerlo primar y llevar a falsas conclusiones, como por ejemplo que, en redes sociales, se dijera que el Consejo Para La Transparencia y los organismos de la sociedad civil recomendaran que las reuniones de la Convención fueran secretas y no públicas.