Gobernador Regional: ¿En qué consiste este nuevo cargo que será electo por primera vez en abril?

En las próximas elecciones, que se llevarán a cabo el 11 de abril, se podrá elegir democráticamente a los gobernadores regionales. Un nuevo cargo que estará a cargo de presidir el Consejo Regional y con el cual se acabará la figura del Intendente. ¿Quieres saber más sobre ello? Fast Check te entrega las principales claves que debes conocer sobre los gobernadores regionales.
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En las próximas elecciones, que se llevarán a cabo el 11 de abril, se podrá elegir democráticamente a los gobernadores regionales. Un nuevo cargo que tendrá como fin presidir el Consejo Regional y con el cual se acabará la figura del Intendente ¿Quieres saber más sobre ello? Fast Check te entrega las principales claves que debes conocer sobre los gobernadores regionales.


Si tienes poco tiempo:

  • Este 11 de abril se definirá por primera vez en Chile a los gobernadores regionales, máxima autoridad del Gobierno Regional a cargo de presidir el Consejo Regional.
  • El gobernador regional será elegido a través de sufragio universal, en votación directa y por mayoría simple.
  • El gobernador regional electo estará un máximo de cuatro años en el ejercicio de sus funciones. Sin embargo, en caso de ser reelegido consecutivamente, podrá extender su período por otros cuatro años.

Por Isabel León S.

Este 11 de abril de 2021 se definirá por primera vez en la historia de Chile a los gobernadores regionales, máxima autoridad del Gobierno Regional. Este último es el organismo encargado de la administración superior de cada región, y tiene por objeto el desarrollo social, cultural y económico de los territorios.

¿Quieres saber en qué consiste este nuevo cargo y cuáles son sus funciones? A continuación, Fast Check CL entrega las principales claves para entender el rol de los gobernadores regionales, que serán elegidos en el próximo proceso electoral, junto a los concejales, alcaldes y convencionales constituyentes.

Fotografía: Servel

Un nuevo cargo: Gobernador Regional

El 30 de diciembre de 2014, la expresidenta Michelle Bachelet firmó el proyecto de reforma constitucional sobre elección de intendentes, considerada la piedra angular del proceso de descentralización. 

Casi cuatro años después, la ex mandataria promulgó la normativa (Ley Nº 21.073) que regula la elección de gobernadores regionales y que realiza adecuaciones a diversos cuerpos legales.

Con ello, a partir de los próximos comicios, se pone fin al cargo de Intendente. Y surgen dos nuevas autoridades:

Por un lado, el Gobernador/a regional, quien será electo/a democráticamente y estará a cargo de presidir el Consejo Regional, órgano integrado por consejeros (también electos democráticamente) y que tiene la facultad de fiscalizar los actos del Gobierno Regional.

  • El rol del gobernador regional es autónomo y puede formular políticas de desarrollo de la región y someterlas a la aprobación del Consejo Regional. Además, no tiene el deber de informar al Presidente de la República acerca de sus funciones.

Y por otro lado, surge el cargo de delegado presidencial regional, quien será nombrado por el Presidente de la República y actuará como su representante natural e inmediato en el territorio de jurisdicción.

¿Cuáles son las funciones del gobernador/a?  

Según el Artículo 24º de la Ley Nº 21.073, el o la gobernador/a regional podrá ejercer, entre otras, las siguientes funciones:

  • Formular políticas de desarrollo de la región, considerando las políticas y planes comunales respectivos.
  • Someter al Consejo Regional las políticas, estrategias y proyectos de planes regionales de desarrollo y sus modificaciones.
  • Someter al Consejo Regional el proyecto de presupuesto del respectivo Gobierno Regional.
  • Representar judicial y extrajudicialmente al Gobierno Regional, pudiendo ejecutar los actos y celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el Consejo.
  • Nombrar y remover a los funcionarios que la ley determine como de su confianza.
  • Velar por el cumplimiento de las normas sobre probidad administrativa.
  • Coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Gobierno Regional respectivo.
  • Promulgar, previo acuerdo del Consejo Regional, el plan regional de ordenamiento territorial, los planes reguladores metropolitanos e intercomunales, comunales y seccionales y los planos de detalle de planes reguladores intercomunales.
  • Presidir el Consejo Regional.
  • Convocar al Consejo Regional y disponer la citación a las sesiones.

Período en el cargo

El gobernador regional electo estará un máximo de cuatro años en el ejercicio de sus funciones. Sin embargo, en caso de ser reelegido consecutivamente, podrá extender su período por otros cuatro años. Es decir, puede ejercer el cargo por un máximo de 8 años.

¿Cómo se elige el Gobernador Regional?

El gobernador regional será elegido a través de sufragio universal, en votación directa y por mayoría simple.

Esto quiere decir que resulta electo el candidato que logre la mayoría de los votos válidamente emitidos, es decir, excluyendo los blancos y nulos. Esa mayoría debe ser al menos de un 40% de los sufragios válidamente emitidos.

En el caso de que ninguno de los candidatos logre el porcentaje de sufragios requeridos, habrá una segunda vuelta entre los dos más votados.

Elecciones

Las elecciones de gobernadores regionales se realizarán cada cuatro años, junto con las elecciones de consejeros regionales y las elecciones municipales. La primera elección está programada para el próximo 11 de abril del 20201, y las eventuales segundas vueltas para el 9 de mayo de 2021.

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