Congreso Nacional se ha demorado seis años en cambiar dos líneas de la Constitución para rebajar la dieta parlamentaria: #Real

Historia detrás de los proyectos de ley de reducción de la dieta parlamentaria y cómo en 6 años de debate el proyecto no alcanza los mínimos éticos del 2014.
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Historia detrás de los proyectos de ley de reducción de la dieta parlamentaria y cómo en 6 años de debate el proyecto no alcanza los mínimos éticos del 2014.


Por Fabián Padilla

El 6 de agosto del año 2014, los diputados Giorgio Jackson y Gabriel Boric presentaron un proyecto de Ley denominado “Límite Ético para la determinación de la Dieta parlamentaria”. La dieta parlamentaria es “la remuneración mensual que percibe el Senador (o Diputado), durante el período para el cual ha sido elegido y, de acuerdo al Artículo 62 de la Constitución Política de la República, equivale a la de un Ministro de Estado, incluidas todas las asignaciones que a estos correspondan”. A seis años de la presentación de este proyecto, aún no se aprueba este ni ningún proyecto sobre reducción de la dieta de las y los honorables del Congreso Nacional.


El proyecto de los diputados Jackson y Boric no fue el primero que se presentó sobre esta materia, pero sí fue el pionero en hablar claramente sobre reducción de la dieta parlamentaria. No obstante, no le fue bien al proyecto en el Congreso. Solo se vio dos veces: una sesión en la Cámara Baja siete días después (13 agosto) de su ingreso en la en la Comisión de Régimen Interno, Administración y Reglamento, y otra sesión para tratar el proyecto que fue 4 años después, el 20 de diciembre del 2018 en la Comisión de Legislación, Constitución y Justicia y Reglamento de la misma Cámara.

El debate sobre cuánto ganan los diputados y senadores vuelve a cobrar vigencia tras el concepto de austeridad Estatal en medio de la pandemia mundial por Covid-19. Desde el año 2014 se han presentado ocho proyectos o iniciativas de ley para cambiar y reducir la dieta parlamentaria, pero ninguno de ellas ha sido aprobada.

Los proyectos de ley presentados en orden temporal del más reciente al más antiguo son:

  • 22 de octubre de 2019: Proyecto de Reforma Constitucional que sustituye el Artículo 62 de la Carta Fundamental en lo relativo a la Dieta Parlamentaria.
  • 22 de octubre de 2019: Modifica la Carta Fundamental en materia de determinación de remuneraciones de autoridades y funcionarios que indica. (13015-07)
  • 17 de diciembre del 2018: Proyecto de Reforma Constitucional en lo que respecta a la forma de determinar la dieta y las asignaciones parlamentarias, así también como las remuneraciones de altos cargos en las empresas públicas que indica. (12319-07)
  • 20 de junio del 2018: Modifica la Carta Fundamental con el fin de establecer un límite ético a las remuneraciones y dietas de autoridades y funcionarios del Estado. (11840-07)
  • 15 de marzo del 2017: Modifica el Artículo 62 de la Constitución Política en lo relativo a las dietas parlamentarias. (11151-07)
  • 28 de febrero del 2017: Modifica la Carta Fundamental para reducir el monto de la dieta parlamentaria. (11124-07)
  • 6 de agosto del 2014: Establece límite ético, para la determinación del monto de la dieta parlamentaria. (9502-16)
  • 10 de abril del 2014: Reforma constitucional que modifica el Artículo 62 de la Constitución Política, para determinar por ley el monto de la dieta parlamentaria. (9304-07)

El primer proyecto (2014)

El primer proyecto de ley sobre modificación de la dieta parlamentaria fue presentado el 10 de abril del 2014 por los diputados: Cristina Girardi (PPD), Loreto Carvajal (PPD), Alejandra Sepúlveda (PRI), Gabriel Boric (IND), Giorgio Jackson (RD), Vlado Mirosevic (PL), y los exdiputados Yasna Provoste (PDC) y Roberto Poblete (PR), Sergio Aguiló (IC) y Claudio Arriagada (DC).

En ese minuto se hizo el primer alcance sobre la estrecha relación que la Constitución entrega entre los sueldos de un ministro y el de un diputado o senador, ya que según el Artículo Nº 62 de la Constitución Política de Chile, el sueldo de un congresista es definido por el sueldo que gana un ministro o ministra.

Es por esto que el primer proyecto presentado fue solo para cambiar este artículo de la Constitución por uno que cortara esta relación de dependencia y así se estableciera por una ley aparte la dieta parlamentaria del Congreso Nacional.

No obstante, como se puede leer en el nuevo articulado propuesto, este no habla sobre reducir el sueldo, lo que buscaba era cortar el vínculo del Ejecutivo con el Legislativo en cuanto a definición de los sueldos.

Artículo Único: Primer proyecto de ley para modificar la dieta parlamentaria.

El inicio del debate de la reducción de la dieta (2014)

En el proyecto de los diputados Gabriel Boric (IND) y Giorgio Jackson (RD) se dio inicio al debate sobre reducir el sueldo de los parlamentarios el año 2014, que se fundamentó en que la dieta de un diputado o senadora era 40,5 veces más alta que el sueldo mínimo de las y los chilenos. Puesto en números, el sueldo mínimo el año 2014 era de $206.313 y el sueldo de un diputado era de $8.454379.

Actualmente la dieta parlamentaria asciende a $8.605.477 lo que equivale a 40.5 veces el salario mínimo.  La comparación evidencia una alta disparidad entre los sueldos con que vive la mayoría de los chilenos y chilenas y la remuneración que corresponde a un parlamentario por la realización de su trabajo. Esta diferencia no sólo es visible en una comparación de los montos en que actualmente está fijada la dieta y el sueldo mínimo, sino que es una diferencia que se ha mantenido constante en los últimos 10 años. Así, por ejemplo, a marzo de 2004 el monto de la dieta parlamentaria ascendía a $4.895.196 ($6.485.862.- del año 2013), lo que equivalía a 42.3 veces el sueldo mínimo.

Extracto del proyecto de ley presentado en 2014

En concreto, el proyecto creaba un nuevo articulado para establecer la dieta de los parlamentarios con 3 artículos y 1 artículo transitorio: “La dieta de los Diputados y Senadores de la República tendrá por límite máximo el equivalente a veinte veces el ingreso mínimo mensual.” (Propuesta de Art Nº 1).

Si este proyecto se hubiera aprobado, la dieta máxima de un parlamentario hoy sería de 6.020.000 pesos. Ya que el sueldo mínimo es de $301.000, multiplicado por 20 nos da este valor. Otras disposiciones del proyecto permitía que se le descontara parte del sueldo a cada congresista por inasistencia injustificada.

El año 2014 esta idea fue ridiculizada en los medios de comunicación por algunos diputados como Pepe Auth y Rojo Edwards. El ex diputado por la Araucanía dijo en la oportunidad: “Me parece hasta pintoresco que una persona que un año atrás recibía la mesada de sus papás hoy día esté reclamando por esto (En referencia a los nuevos diputados Jackson y Boric). Podrían antes haber repartido la mesada que les entregaban sus papás y hoy día perfectamente entregar la totalidad de su sueldo si ellos así lo quieren” complementó Rojo Edwards en ese entonces diputado y militante de Renovación Nacional (hoy miembro del Partido Republicano de José Antonio Kast). Pepe Auth, expresidente del PPD, hoy independiente, también tuvo palabras en ese minuto para la idea detrás del proyecto: “Son solteros, sin hijos, sin esposas, sin ex esposas y todavía no conocen el conjunto de compromisos que tiene un parlamentario. Me refiero a la acción territorial”.


El proyecto de Marcelo Schilling (2017)

Marcelo Schilling – Sitio oficial de Marcelo Schilling

Marcelo Schilling es diputado del Partido Socialista por el Distrito Nº 6 y el 28 de febrero del año 2017 presentó el Proyecto de Ley “Modifica la Carta Fundamental para reducir el monto de la dieta parlamentaria”. Este proyecto tuvo tres hojas y fue hecho en un contexto donde aún no se aprobaba la ley que eliminaba el Sistema Binominal e incrementó en el número de parlamentarios.

El proyecto consistía en modificar el artículo 62 de la Constitución de Chile, incorporando que la dieta de un congresista sean 2/3 del sueldo de un Ministro.

  • Artículo vigente: “Artículo 62.- Los diputados y senadores percibirán como única renta una dieta equivalente a la remuneración de un Ministro de Estado incluidas todas las asignaciones que a éstos correspondan”.
  • Artículo propuesto: “Artículo 62.- Los diputados y senadores percibirán como única renta una dieta equivalente a los dos tercios de la remuneración de un Ministro de Estado incluidas todas las asignaciones que a éstos correspondan”.

FastCheckCL publicó el 24 de abril una nota con los sueldos de los ministros de Estado, tras una propuesta del ministro de Hacienda, Ignacio Briones, de que los jefes y jefas de las 24 carteras se reduzcan el sueldo en un 30%. Por ejemplo, el jefe de la billtera fiscal gana un sueldo líquido de $6.857.205, lo que bajo el proyecto de Schiling habría dejado a los parlamentarios ganando 2/3 de este monto: $4.594.327,35.


El proyecto de Lily Pérez (2017)

Lily Pérez – Imagen de Revista Capital

Lily Pérez San Martín fue senadora de la República por Renovación Nacional, luego fundó Amplitud, movimiento que no logró ser un partido político. El 15 de marzo del año 2017 presentó un proyecto de ley para reducir la dieta parlamentaria. Su propuesta también era derogar el Artículo Nº 62 y agregar una disposición transitoria.

En resumen, este proyecto era una mezcla entre la propuesta de Jackson y Boris con la propuesta del 2014. Por una parte hacer que una ley aparte definiera el sueldo o dieta parlamentaria, pero antes, hacer de forma inmediata que se cumpliera la idea original de los ex dirigentes universitarios. Es decir, que la dieta fuera equivalente a un máximo de 20 sueldos mínimos.

  • Artículo vigente: “Artículo 62.- Los diputados y senadores percibirán como única renta una dieta equivalente a la remuneración de un Ministro de Estado incluidas todas las asignaciones que a éstos correspondan”.
  • Artículo propuesto: “Artículo 62.- Los diputados y senadores percibirán como única renta una dieta, cuyo monto será determinada por la ley. Cualquier modificación legal que signifique un aumento del monto exceptuando el reajuste salarial anual al sector público, sólo regirá a partir del periodo parlamentario siguiente al de promulgación”.
  • Disposición transitoria: “VIGÉSIMO NOVENA.- Mientras no entre en vigencia la ley a la cual hace referencia el artículo 62, la dieta para diputados y senadores será equivalente a veinte sueldos mínimos mensuales”.

El proyecto no prosperó y solo se vio una vez el día 21 de marzo del mismo año, en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara Alta.


El proyecto de Raúl Soto (2018)

Raúl Soto – Imagen de Rengo en la noticia

El 20 de junio del 2018, el diputado Raúl Soto, en ese momento aún militante de la Democracia Cristiana, presentaba el proyecto de ley: “Modifica la Carta Fundamental con el objeto de establecer un límite ético a las remuneraciones y dietas de autoridades y funcionarios del Estado“.

En la oportunidad, el diputado Soto señalaba que la discusión sobre el sueldo de los parlamentarios, que habían iniciado Boris y Jackson, había vuelto en vigencia ya que el propio presidente Piñera había reconocido que el sueldo de los parlamentarios le parecía alto. En el proyecto argumentaban que en esa el sueldo de un diputado o senador era 34 veces más el sueldo mínimo. El 2018 el sueldo mínimo era de $276.000.

La idea del proyecto de ley era agregar dos artículos. El primero adicionaba un inciso al Art Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile. El segundo agregaba “modificar en el actual artículo 62 de la Constitución Política de la República, sustituyendo el enunciado que va luego de la palabra “dieta” y hasta el punto aparte por la frase “determinada por ley”. La ley regulará las asignaciones que a éstos correspondan. En cualquier caso, toda decisión legislativa que incida en los montos por concepto de dieta y/o asignaciones, tendrá efectos a partir de la legislatura siguiente a aquella en que se haya adoptado la determinación respectiva”.

  • Artículo vigente: “Artículo 8º.- El ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones. Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional. El Presidente de la República, los Ministros de Estado, los diputados y senadores, y las demás autoridades y funcionarios que una ley orgánica constitucional señale, deberán declarar sus intereses y patrimonio en forma pública. Dicha ley determinará los casos y las condiciones en que esas autoridades delegarán a terceros la administración de aquellos bienes y obligaciones que supongan conflicto de interés en el ejercicio de su función pública. Asimismo, podrá considerar otras medidas apropiadas para resolverlos y, en situaciones calificadas, disponer la enajenación de todo o parte de esos bienes”.
  • Inciso propuesto: “La ley regulará las bases de cálculo de dietas o remuneraciones que percibirán las autoridades y funcionarios de la Administración centralizada y descentralizada del Estado, del Congreso Nacional, del Poder Judicial o de los órganos autónomos. En todo caso, ninguna remuneración o dieta que se pague con cargo al presupuesto de la Nación podrá superar en diez veces el ingreso laboral promedio del país, conforme a la determinación que para ello realice el órgano técnico que la ley determine”.

Este proyecto por lo tanto buscaba modificar también el Art Nº 62 de la Constitución, dejándolo así: Artículo 62.- Los diputados y senadores percibirán como única renta una dieta determinaba por ley”, pero agregando este inciso en el Art Nº 8 que limitaba que cualquier funcionario público, incluyendo a los parlamentarios, ganara 10 veces el “ingreso laboral promedio”. Esto no es lo mismo que el suelo mínimo, y en el inciso se explica que el “ingreso laboral promedio” sería algo que tendría que definir un órgano ténico sin especificar quién.


El proyecto de la UDI y Javier Macaya (2018)

Javier Macaya – Imagen de BCN

El 17 de diciembre del 2018, el diputado por el distrito Nº 15, Javier Macaya Danús (UDI) presentó un proyecto de ley denominado: “Modifica la Carta Fundamental en lo que respecta a la forma de determinar la dieta y las asignaciones parlamentarias, así como también las remuneraciones de los altos cargos en las empresas públicas que indica“.

En este proyecto, el diputado argumenta que la bancada de diputados y diputadas de la UDI se ha manifestado a favor de la reducción de la dieta parlamentaria, y ha presentado —dice— proyectos para reducir el número de congresistas y reducir el sueldo de altos funcionarios públicos.

A modo de resumen, el proyecto también plantea cambiar el Art Nº 62, reemplazándolo por uno en donde un Comité de Asignación Parlamentaria defina los sueldos y asignaciones del Congreso. Pero además, incluye otro párrafo en el mismo artículo que le da el poder exclusivo al Presidente de Chile de definir los sueldos de empresas creadas por el Estado.

  • Artículo vigente: “Artículo 62.- Los diputados y senadores percibirán como única renta una dieta equivalente a la remuneración de un Ministro de Estado incluidas todas las asignaciones que a éstos correspondan”.
  • Artículo propuesto: “Artículo 62.- Los diputados y senadores percibirán como única renta una dieta que será fijada por el comité de asignación parlamentaria. Este mismo órgano fijará también, las asignaciones parlamentarias en atención a los siguientes criterios número de población, dimensión geográfica, accesibilidad, entre otros. Las remuneraciones de los altos cargos de las empresas públicas creadas por ley y las empresas del Estado que cumplan una función estratégica, serán determinadas por el Presidente de la República, en atención a criterios que garanticen competitividad con su área“.

La propuesta de los senadores PPD, PDC, PS al estallido social (Octubre 2019)

El 2017 los senadores Jaime Quintana (PPD), Ximena Órdenes (PPD), Carolina Goic (PDC) y Álvaro Elizalde (PS) y Ricardo Lagos Weber (PPD) presentaron su propuesta que iba en la misma línea que el primer proyecto del 2014, es decir, modificar el artículo Nº 62 y reemplazarlo por un artículo único que separe el vínculo entre los ministros y el congreso para definir la dieta. Pero además el proyecto hizo eco de la idea de Jackson y Boric, pero sin hacerse cargo por completo de ellos.

“La presente reforma constitucional apunta a modificar el actual artículo 62 de la Constitución Política de la República, con la finalidad de que sea la propia ley orgánica del Congreso Nacional, la que fije el monto y forma de reajustabilidad de la dieta parlamentaria. Esta modificación, además de entregar a la ley la fijación del monto, se hace cargo de los “aumentos” a la dieta como efecto, del reajuste de las remuneraciones de los Ministros de Estado”.

Extracto del proyecto de ley de los senadores Quintana, Órdenes, Goic y Elizalde.

Este proyecto en concreto fueron dos líneas, que les permitía al propio Congreso Nacional, regularse el sueldo. Como está expresado actualmente en la Constitución, la dieta parlamentaria se define en base al sueldo de los ministros. Es decir, si baja el sueldo de un ministro/a baja el sueldo de un parlamentario. Con este proyecto el propio Congreso tendría que definir cuánto se pagaría por concepto de dieta y asignaciones.


El proyecto transversal de los diputados al estallido social (Octubre 2019)

Matías Walker – Imagen de Pura Noticia

El 22 de octubre del 2019 los diputados Matías Walker (DC), Gabriel Ascencio (DC), Víctor Torres (DC), Leo Soto (PS), Pepe Auth (IND), René Alinco (IND) y Jorge Alessandri (UDI) presentaron el proyecto de ley que “Modifica la Carta Fundamental en materia de determinación de remuneraciones de autoridades y funcionarios que indica“.

Este proyecto es muy breve y se hace cargo fundamentalmente de la demanda en el Estallido Social. Cuenta con la participación de un diputado UDI, dos ex PPD, y diputdos del ala “chascona” de la decé.

“Hoy, necesitamos reconstruir un país fracturado y golpeado, no sólo de incendios, desmanes, robos y desórdenes públicos, debemos recomponer las confianzas en pos de la sociedad que Chile requiere. Durante años las remuneraciones de altos cargos de quienes ejercen la actividad pública han sido objeto de atención de la ciudadanía, en especial, en relación a la brecha salarial que representa respecto de lo que mensualmente ganan millones de chilenos y chilenas”.

Extracto del proyecto de ley “Modifica la Carta Fundamental en materia de determinación de remuneraciones de autoridades y funcionarios que indica“.

El proyecto plantea modificar el Art Nº 62 y reemplazarlo por otro, que agrega un nuevo capítulo a la Constitución actual y un Art Nº 130, que establece la idea de un ente autónomo que defina la remuneración de un parlamentario.

A diferencia del primer proyecto que presentaron los senadores, ahora se incorporó el apoyo del senador Lagos Weber, y cambiaron la idea de que el propio Congreso se defina el sueldo, entregando a un ente externo la potestad para definirlo. No osbstante, le fue mal a este proyecto: no se vio.


El proyecto de reducción de la dieta parlamentaria de la Cámara Baja

El 23 de octubre del 2019 se decidió y aprobó refundir cinco de los ocho proyectos de ley que tocaban la materia de dieta parlamentaria.

Los proyectos que se combinaron para ser discutidos de una sola vez y obtener una sola ley de dieta parlamentaria fueron los proyectos: 9304-07 (2014) que fue el primero de la lista, 11124-07 (2017) proyecto de Marcelo Schilling, 11840-07 (2018) proyecto de Raúl Soto, 12319-07 (2018) proyecto de Javier Macaya y el 13013-07 (2019) de Matías Walker.

Los proyectos de ley que quedaron fuera de esta discusión fueron: 9502-16 (2014) que es el original de los diputados Gabriel Boric y Giorgio Jackson, el 11151-07 (2017) que es el de la ex senadora Lily Pérez, que también tomaba los argumentos de Boric y Jackson para definir el tope de la dieta parlamentaria en 20 sueldos mínimos. Y finalmente dejaron fuera el proyecto 13015-07 (2019) que fue el segundo intento de los senadores Quintana, Goic, Órdenes, Elizalde, y Lagos Weber, el que definía un organismo externo para fijar la dieta parlamentaria.

El nuevo proyecto que salió de la conversación y debate del Congreso y que fue aprobado por amplia mayoría en la Cámara Baja incluyó 4 puntos:

  1. El tope ahora es el sueldo del Presidente: “Agréganse en el artículo 8 los siguientes incisos quinto, sexto, séptimo, octavo y noveno: “Son públicas las remuneraciones y dietas de las autoridades y jefaturas de la Administración del Estado y de los órganos comprendidos en los capítulos IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII y XIV, y de las empresas y universidades del Estado, las cuales serán fijadas cada cuatro años por una comisión integrada por dos miembros designados por el Consejo de la Alta Dirección Pública, dos miembros designados por el Banco Central y un miembro designado por el Presidente de la República. Podrán integrar esta comisión aquellas personas que hayan ejercido anteriormente como consejero del Banco Central, Contralor General de la República, Ministro de Hacienda, Director o Subdirector de Presupuestos, Director Nacional del Servicio Civil o consejero del Consejo de Alta Dirección Pública. Para el desarrollo de esta función, el Banco Central actuará como secretaría técnica de esta comisión, proveyéndola de los antecedentes necesarios para el cumplimiento de su cometido. Las remuneraciones y dietas de las autoridades y jefaturas antes señaladas se reajustarán anualmente conforme a las variaciones del índice de precios al consumidor. Con todo, ninguna autoridad pública podrá recibir una remuneración o dieta superior a la que perciba el Presidente de la República”.
  2. Derogar Art Nº 62.
  3. Incluir en el Art Nº 65 de la Constitución (“Corresponderá, asimismo, al Presidente de la República la iniciativa exclusiva para:”) en el inciso 4 la prohibición de que el presidente de la República puede enviar un proyecto de ley sobre dieta parlamentaria del Congreso. Es decir, con esto se asegura que el Ejecutivo no modifique la dieta parlamentaria y sea solo la nueva comisión la que defina estos valores.
  • Artículo Nº 65 Inciso 4 vigente: “Fijar, modificar, conceder o aumentar remuneraciones, jubilaciones, pensiones, montepíos, rentas y cualquiera otra clase de emolumentos, préstamos o beneficios al personal en servicio o en retiro y a los beneficiarios de montepío, en su caso, de la Administración Pública y demás organismos y entidades anteriormente señalados, como asimismo fijar las remuneraciones mínimas de los trabajadores del sector privado, aumentar obligatoriamente sus remuneraciones y demás beneficios económicos o alterar las bases que sirvan para determinarlos; todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en los números siguientes”.
  • Artículo Nº 65 Inciso 4 propuesto: “Fijar, modificar, conceder o aumentar remuneraciones, jubilaciones, pensiones, montepíos, rentas y cualquiera otra clase de emolumentos, préstamos o beneficios al personal en servicio o en retiro y a los beneficiarios de montepío, en su caso, de la Administración Pública y demás organismos y entidades anteriormente señalados, con excepción de los indicados en el inciso tercero del artículo 8, como asimismo fijar las remuneraciones mínimas de los trabajadores del sector privado, aumentar obligatoriamente sus remuneraciones y demás beneficios económicos o alterar las bases que sirvan para determinarlos; todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en los números siguientes”.

  • 4. Disposición transitoria que reduce en un 50% el sueldo del Congreso y otros altos funcionarios públicos durante el plazo en que el organismo técnico se demora en definir cuáles serán las nuevas dietas.

El proyecto fue aprobado por unanimidad, 150 votos de 155 parlamentarios. Los cinco diputados que no asistieron a la votación fueron: Joaquín Lavín León (UDI), Aracely Leuquen (RN), Juan Santana (PS), Pedro Velásquez (IND-PR) y Fernando Meza (PR).

El proyecto de reducción de la dieta parlamentaria de la Cámara Alta

El Senado vio el proyecto refundido de la Cámara Baja y le hizo modificaciones. En primer lugar cambio el punto 1 que cambiaba el Art Nº 8 de la Constitución, por otro que deja intacto ese artículo y agrega un Art Nº 38 BIS o extra.

Con esto deja sin efecto la perspectiva ética, que en este proyecto era que el sueldo o dieta no superara la remuneración que recibe el presidente de Chile. Por otra parte, define al grupo técnico a cargo de definir la dieta parlamentaria:

“Artículo 38 bis.- Las remuneraciones del Presidente de la República, de los senadores y diputados, de los gobernadores regionales, de los funcionarios de exclusiva confianza del Jefe del Estado que señalan los números 7° y 10° del artículo 32 y de los contratados sobre la base de honorarios que asesoren directamente a las autoridades gubernativas ya indicadas, serán fijadas, cada cuatro años y con a lo menos dieciocho meses de anticipación al término de un período presidencial, por una Comisión cuyo funcionamiento, organización, funciones y atribuciones establecerá una ley orgánica constitucional. La Comisión estará integrada por:

a) Un ex Ministro de Hacienda;

b) Un ex Consejero del Banco Central;

c) Un ex Contralor o Subcontralor de la Contraloría General de la República;

d) Un ex Presidente de una de las ramas que integran el Congreso Nacional, y

e) Un ex Director Nacional del Servicio Civil.

Sus integrantes serán designados por el Presidente de la República con el acuerdo de los dos tercios de los senadores en ejercicio. Los acuerdos de la Comisión serán públicos, se fundarán en antecedentes técnicos y deberán establecer una remuneración que garantice una retribución adecuada a la responsabilidad del cargo y la independencia para cumplir sus funciones y atribuciones”.

Por otra parte no deroga el Art Nº 62, lo reemplaza por dos líneas:

Artículo 62.- Los diputados y senadores percibirán como única renta una dieta equivalente a la remuneración de un Ministro de Estado”. De esta forma se sigue manteniendo la estructura de que el sueldo de un ministro es el que define la dieta de un parlamentario. En otras palabras, esta modificación vuelve atrás y refuerza lo estipulado en una norma que data del año 1981, hace 39 años.

Reemplazan el punto 3 por que modifica las potestades del presidente por un artículo que respete y garantice la independencia de este nuevo órgano que definirá la dieta.

Y finalmente elimina el punto 4 anterior, que de facto proponía una reducción del 50% de los sueldos de altos funcionarios mientras la nueva comisión defina los sueldos.

Este proyecto fue votado por amplia mayoría en el senado: 41 de 43 senadores aprobaron. Solo el senador de Revolución Democrático, Juan Ignacio Latorre votó abstención.


La dieta de Chile

Si revisamos los datos actuales, la dieta de un parlamentario en valor bruto al año 2020 es de $9.349.851. Esto no considera los descuentos por pensiones y Salud. Por otra parte, el sueldo mínimo está fijado en $320.500 en valor bruto. Por lo tanto, la dieta de un parlamentario el año 2020 es 29,17 veces el sueldo mínimo.

En el gráfico a continuación se puede ver la evolución del sueldo mínimo y la dieta parlamentaria durante 18 años, lo que demuestra la brecha entre lo mínimo que puede ganar una chilena o un chileno contratado, y el sueldo de un parlamentario.

Es relevante para este reportaje, hacer la diferenciación entre Dieta, Asignaciones y el total de Dieta + Asignaciones.

  • Dieta: sueldo mensual del parlamentario en valor bruto igual al sueldo de un ministro de Estado, que en el año 2019 es de $9.349.851. Esta dieta es la remuneración personal de cada parlamentario.
  • Asignaciones: son recursos para la realización de su labor parlamentaria, como por ejemplo contratar personal de apoyo, asesores, alquilar oficinas o contratar asesorías externas. A diciembre de 2018, el conjunto de las asignaciones parlamentarias que recibe un senador es de $23.632.824 mensuales ($24.135.844 en el caso de los senadores de las regiones IV, V, VI y VII).
  • Dieta + Asignaciones Senadores/as: Por tanto la suma de dieta más asignaciones para un senador es de $32.982.675 ($33.485.695 para los senadores de las regiones mencionadas). Al año la suma de dieta más asignaciones es de $395.792.100 ($401.828.340 para los senadores de las regiones mencionadas).
  • Dieta + Asignaciones Diputados/as: En 2019, la suma de asignaciones parlamentarias que recibe un diputado es de $11.434.322 mensuales. Así, la suma de la dieta más las asignaciones es de $20.784.173 mensuales por diputado. El total anual de dieta y asignaciones para cada diputado es de $249.410.076.

A nivel internacional, nuestro país lidera el valor mensual en términos de dietas parlamentarias, superado en esta comparación de países por Estados Unidos, que paga 12 millones de pesos chilenos mensuales a cada congresista, y muy por sobre su país vecino, Argentina, que paga un poco menos de dos millones a los diputados y un poco menos de 2,5 millones a los senadores.

Actualmente, el proyecto de ley (13013-07) que fue aprobado el 30 de abril del 2020 en el Senado, vuelve a la Cámara Baja para un último trámite legislativo. En resumen, después de seis años de intenso debate público sobre la dieta de los parlamentarios, que implicó la presentación de ocho proyectos de ley en este tiempo, los cuales no superaban un párrafo de texto —cinco minutos de lectura—, se volverá a discutir una idea (construída en base a cinco proyectos) que no define un márgen ético para fijar el sueldo de un diputado, senadora, o funcionario público. No deroga el Art Nº 62 que son dos líneas de texto que definen la dieta en base al sueldo de un ministro y, finalmente, no aplica ninguna medida transitoria de reducción de la dieta en virtud de la crísis del Estallido Social o la Pandemia Global del Covid-19.

Como una máquina del Tiempo descompuesta, se vuelve al pasado para quedar igual o peor de cómo estaban las cosas el año 2014. De aprobarse el proyecto como lo dejó el Senado, no habrá reducción de la dieta, sino un inmenso aparato burócrata autónomo, que justificará lo que todos los chilenos, fuera de las paredes del Congreso en Valparaíso, dejamos de creer.

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En 2017, el abogado Carlos Carmona fue acusado de presunto “acoso sexual” por una alumna de la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile, acusación que dio inicio a la toma “feminista” para pedir, entre otros puntos, su salida. Siete años después, el actual gobierno de Chile contrató “a honorarios” a Carmona para realizar una serie de informes en la Segpres, lo que motivó a que la asociación de funcionarios esté solicitando su salida.

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El exministro de Salud, Enrique Paris, fue parte de la propuesta del Colmed para gestionar presupuesto a hospitales y recintos de salud. En esta entrevista analiza su paso por el Minsal, y critica a la actual ministra de Salud, Ximena Aguilera, de quien dice sentirse decepcionado. “No me imagino a la ministra pasando a la historia de la salud pública solo con la Ley Corta de Isapres”, afirma.

Secretario General de la OTAN: “Si Trump entrega Ucrania a Putin, entonces Estados Unidos será expulsado de la Alianza”: #Falso

Se comparte en redes sociales distintas publicaciones asegurando que Mark Rutte, Secretario General de la OTAN, amenazó a Donald Trump con expulsarlo de la organización si este decide entregar Ucrania a Putin. Esto es #Falso, no existe registro de que Rutte haya realizado amenazas o advertencias a Trump desde que fue electo nuevamente como presidente de Estados Unidos.

(Video) “Les presento el verdadero cambio climático. Ahí tienen sus nubes artificiales para alterar el clima”: #Falso

Se comparte en X un video que supuestamente muestra la creación de nubes para alterar el clima, justificando así el cambio climático. Esto es #Falso, el video compartido se trata de un montaje y no muestra la creación de nubes. Para esto se utilizaron escenas de las pruebas de un motor de vuelo, acción de vehículos descontaminantes, aviones para incendios y métodos de recolección en agricultura